Certificados de ahorro energético

Convierte tu mejora energética en un ingreso extra.

Si ya invertiste en eficiencia —caldera, aislamiento, variadores o LED— puedes monetizar ese ahorro con certificados CAE.

Te decimos en claro si compensa, cuánto podrías cobrar y cómo tramitarlo sin complicarte.

Respuesta en 48 horas · Gratis · Si no te compensa, te lo decimos

Sala de máquinas con una instalación de bomba de calor recién montada, tuberías aisladas y cuadro eléctrico.

En tres pasos

Cómo funciona, sin tecnicismos.

  1. Hiciste una obra que ahorra energía

    Una caldera nueva, aislamiento, ventanas, iluminación LED, variadores. Vale desde el 26 de enero de 2023. Un certificado se puede liquidar hasta tres años después de ejecutar la actuación.

  2. Se calcula y se certifica ese ahorro

    Con la fórmula oficial de tu tipo de obra. Un verificador independiente rehace el cálculo y lo aprueba.

  3. Una energética te paga por él

    Las eléctricas y las gasistas tienen que acreditar un ahorro cada año. Comprar el tuyo es una de las formas que tienen de cumplir.

¿Y por qué hay empresas dispuestas a pagar por esto?

Porque tienen una cuota de ahorro que cumplir

Las comercializadoras de luz y gas, y los operadores de productos petrolíferos, son lo que la norma llama sujetos obligados. Cada año el Ministerio les fija una cantidad de ahorro de energía que tienen que acreditar. No es voluntario.

Y comprar tu ahorro les sale más barato que la alternativa

Pueden cumplir de dos maneras: pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, o comprando certificados de ahorro que ha conseguido alguien más. Lo segundo les cuesta menos. Y no es del todo a la carta: una parte de la obligación tiene que ir al Fondo sí o sí. El resto es donde entras tú.

Tú no pides el certificado: cedes el ahorro

Lo que tú firmas es la cesión de tu ahorro, y lo que cobras es la contraprestación por esa cesión. El certificado se emite a nombre de quien lo solicita; el dinero llega a quien era dueño del ahorro.

El circuito

Por dónde pasa tu expediente y quién decide en cada paso.

Seis actores. Saber cuál es cuál evita casi todos los malentendidos, y sobre todo este: quien firma la solicitud no eres tú, y quien verifica no es quien compra.

  1. 01

    Tú, el titular

    Dueño de la obra y del ahorro que genera. Cedes ese ahorro y cobras por él.

  2. 02

    El gestor técnico

    Elumen. Calcula, monta el expediente, negocia el precio y acompaña hasta el cobro. No emite certificados.

  3. 03

    El sujeto obligado

    La energética que compra el ahorro. Es la única que puede presentar la solicitud, y la que contrata al verificador.

  4. 04

    El verificador

    Entidad independiente acreditada por ENAC. Rehace el cálculo y emite un dictamen. Sin dictamen favorable no hay certificado.

  5. 05

    El gestor autonómico

    El órgano de tu comunidad competente en eficiencia energética. Valida y emite un informe. En Cataluña, el ICAEN.

  6. 06

    El Ministerio

    Inscribe los certificados en el Registro Nacional a la vista del informe autonómico. Ese paso es el que los convierte en un activo con valor.

Tu caso

¿Esto me aplica a mí? Mira el tuyo.

Las obras que más se certifican son distintas según dónde se hagan. Elige el caso que se parezca al tuyo.

Casa o piso

La obra más habitual es cambiar la caldera de gas o gasóleo por una bomba de calor. También cuentan el aislamiento y las ventanas.

Obras que cuentan

  • Caldera cambiada por aerotermia o bomba de calor
  • Fachada, cubierta o suelo aislados
  • Ventanas nuevas
  • Rehabilitación completa de la vivienda

Lo que hacemos nosotros

  • Calculamos el ahorro de tu vivienda con la fórmula oficial
  • Te agrupamos con otras viviendas si la tuya sola no llega al mínimo
  • Montamos el expediente y respondemos lo que pida el verificador
Unidad exterior de una bomba de calor aerotérmica instalada junto a la fachada de una vivienda.

¿No ves tu caso? El catálogo oficial tiene 116 tipos de obra. Cuéntanos qué has hecho y lo miramos.

El dinero

¿Cuánto me pagan? Depende. Y desconfía de quien te dé una cifra sin verlo.

Lo que se paga va por la energía que ahorras cada año, no por lo que costó la obra. Y el precio de esa energía sube cuando se presentan muchos casos juntos, porque tramitar cien cuesta casi lo mismo que tramitar uno.

Así que en esta página no vas a encontrar una cifra, y es a propósito. La tuya sale de tu instalación: de qué caldera quitaste, de cuánto ahorra el equipo nuevo y de con quién se presente tu caso. La calculamos gratis y te la damos en 48 horas.

Por qué nadie puede darte una cifra exacta

Dónde vive el precio de un certificado

Tope oficial

198,62 €/MWh

Es lo que una energética paga al Estado por cada MWh de ahorro que no acredita con certificados. Por eso nadie paga más que esto por uno: le saldría más barato pagar la multa.

El precio real vive aquí

Siempre por debajo del tope. Cuánto por debajo depende sobre todo del tamaño: cuanto más ahorro se presenta junto, más se acerca al techo.

Por debajo de cierto tamaño ya no compensa

Tope oficial del ejercicio 2026, publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica. Es el techo, no lo que se cobra.

De qué depende el precio

Tres cosas mueven la cifra, y ninguna de las tres depende de ti. Conviene saberlas antes de comparar ofertas.

Por qué el precio mejora cuando se presentan muchos casos juntos

Porque preparar y verificar un expediente cuesta prácticamente lo mismo tenga 30 MWh o 3.000. Ese coste es fijo, así que en un expediente pequeño se come una parte grande del precio y en uno grande es casi ruido. No es que a los grandes se les trate mejor por ser grandes: es aritmética de coste por unidad de energía.

Y por qué desconfiar de cualquier web que te dé un precio exacto

El tope oficial lo actualiza el Ministerio cada año con la orden de obligaciones del ejercicio, y el descuento que aplica el mercado depende de cuánta demanda de certificados haya en ese momento. Un precio al céntimo publicado en una web es el de un día concreto, sin decirte cuál.

Y por qué siempre va a haber alguien comprando

En 2026, los sujetos obligados tienen que cubrir al menos un 8 % de su obligación pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Solo el resto se puede liquidar con certificados. Eso pone un suelo a la demanda: una parte de la obligación no se puede cumplir de otra manera.

Orden TED/133/2026, apartado segundo.3

¿Cuánto dinero estamos hablando?
  • Una vivienda

    entre 1.000 y 5.000 €

    10.00045.000 kWh al año

    Caldera cambiada por bomba de calor en una casa o un piso.

  • Un negocio o una nave

    entre 5.000 y 30.000 €

    50.000300.000 kWh al año

    Iluminación, climatización o frío en un local o una nave.

  • Industria o granja

    entre 30.000 y 130.000 €

    300.0002.000.000 kWh al año

    Variadores, calor de proceso o una caldera grande sustituida.

Mínimo legal por solicitud. La marca vertical es el mínimo que la norma pide a cada solicitud: 30.000 kWh de ahorro al año. Una vivienda sola lo cruza justo por la mitad de su horquilla, y de ahí viene que muchas se presenten agrupadas. El mínimo de 30 MWh por solicitud no se aplica a las actuaciones realizadas en Ceuta y Melilla.

Tope del ejercicio 2026: 198,62 €/MWh. Los rangos en euros son órdenes de magnitud, derivados del ahorro en kWh y de un precio por debajo de ese techo. Nunca resultados. Lo calculamos gratis en 48 horas.

Tu parte

Lo que tienes que hacer tú: poco.

Reunir los papeles de tu instalación y firmar dos veces. El resto —cálculo, memoria, expediente, verificador, negociación— lo llevamos nosotros.

Quién hace qué

Nosotros

  1. Nos pasas los papeles de tu instalación
  2. Calculamos cuánto ahorro genera
  3. Montamos y presentamos el expediente
  4. Firmas la cesión del ahorro
  5. Verificación, emisión y cobro

Tú firmas dos veces. Lo demás es nuestro.

Lo que compone un expediente

  • Certificado energético anterior a la obra, en su archivo original
  • Ficha de cálculo con cada variable trazada hasta su origen
  • Memoria justificativa con la fórmula desarrollada
  • Reportaje fotográfico del antes y el después, firmado
  • Factura de la obra con el modelo del equipo instalado
  • Declaración responsable sobre ayudas y cesión del ahorro

De esta lista, tú solo tienes que conseguir los tres últimos, y normalmente ya los tienes. Los tres primeros los redactamos nosotros.

Compatibilidad

Sí se puede tener subvención y certificado. Con una excepción y un tope.

Es la duda que más caro sale si se resuelve mal, porque la respuesta va firmada en una declaración responsable. Esto es lo que dice la norma, con la cita.

«En ningún caso una actuación que haya sido beneficiaria de un programa de ayudas financiado con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética podrá ser objeto de una solicitud de emisión de CAE.»

En qué se diferencian, fila por fila

Certificado de ahorroSubvención pública
Cómo se consigue
Quién pone el dineroUna energética obligada por leyUna administración, de su presupuesto
Se pide cuando quieras, sin convocatoria ni plazo abiertoNo
No compites con otros solicitantes por el mismo dineroNo
No hay una bolsa de dinero que se pueda agotarNo
Cuándo se solicitaDespués de la obra, hasta tres añosCasi siempre antes de empezar
Sobre qué se cobra
Sobre qué se calculaLa energía que ahorras cada añoUna parte del coste de la obra
Alguien te avisa de que existeNoSe publica la convocatoria
Compatible con la otra víaSí, salvo ayudas del FNEESí, con el tope del coste

Ninguna fila afirma nada que no esté explicado en esta página con su norma detrás. La compatibilidad concreta de cada programa depende de sus bases, así que se comprueba caso por caso antes de solicitar nada.

Las tres condiciones que hay que respetar

La excepción

La incompatibilidad total es solo con las ayudas financiadas por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Con el resto de programas —autonómicos, municipales, MOVES— el certificado es compatible.

El tope

La suma de la ayuda pública y el certificado no puede superar el coste de la obra. Tiene su lógica: el sistema paga por un ahorro, no regala una inversión. Si se pasa, hay que reintegrar la diferencia.

Y una condición que se olvida

Si la obra recibió dinero público, hay que justificar en el expediente el efecto incentivador del propio certificado. No es imposible, pero hay que preverlo desde el principio y no descubrirlo en la verificación.

Franqueza

Tres cosas que preferimos decirte ahora.

Ninguna es un problema insalvable, pero las tres se suelen callar hasta que ya has firmado. Nos parece mejor que las sepas antes.

  • Tarda entre cuatro y ocho meses

    Verás por ahí «de dos a cuatro meses». No es lo que suele pasar. Entre presentar y cobrar hay una verificación, a menudo una ronda de correcciones y un registro oficial. Lo que sí es rápido es saber si te compensa: eso son 48 horas.

  • Una vivienda sola a veces no llega

    La ley pide un mínimo de ahorro por solicitud, y una vivienda unifamiliar se queda justo en la frontera. Cuando no llega, se presenta agrupada con otras del mismo año y la misma comunidad. Se cobra más tarde, pero a mejor precio.

  • A veces no compensa, y te lo diremos

    Si tu obra ahorra poco, no hay grupo al que sumarla y falta el certificado anterior, el expediente cuesta más de lo que se puede cobrar. En ese caso no lo abrimos. Preferimos perder el trabajo que cobrarte por tramitar algo que no va a salir.

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta antes de empezar

¿Es una subvención?
No, y la diferencia se nota. Una subvención la da la administración, tiene convocatoria, presupuesto limitado y plazos que se agotan. Esto es la venta de tu ahorro a una empresa que está obligada a acreditarlo: no compites con nadie y no hay dinero que se acabe. A cambio, tampoco hay nadie que te avise de que existe.
¿Cuánto me pagan?
El único número oficial es el techo: la equivalencia financiera del ejercicio. Todo precio de mercado es un descuento sobre esa cifra, y el descuento se estrecha con el tamaño del expediente. No damos una cifra tuya en la web porque sale de mirar tu instalación. La calculamos gratis en 48 horas.
¿Puedo pedir el certificado yo mismo?
No. La solicitud de emisión solo la pueden presentar los sujetos obligados y los sujetos delegados, a través de la plataforma del sistema y siempre con el dictamen favorable de un verificador acreditado. Lo que tú haces es ceder el ahorro a quien sí puede solicitarlo, y cobrar por esa cesión. Es la razón de que exista la figura del gestor técnico.
¿Hasta cuándo estoy a tiempo?
Hay dos relojes y no se mezclan. Un CAE se puede liquidar hasta tres años después de ejecutar la actuación y, en todo caso, antes del 1 de enero de 2031. Si tu obra aplica te lo decimos en 48 horas; el cobro llega entre 6 y 12 meses desde que el expediente está completo.
Mi obra es pequeña. ¿Sirve de algo?
Puede servir, pero no sola. Cada solicitud tiene que reunir al menos 30 MWh de ahorro anual y una vivienda unifamiliar suele quedarse entre 10 y 45, o sea justo en la frontera. Cuando no llega, la vía es agruparla con otras obras de la misma ficha, el mismo año y la misma comunidad autónoma en un solo expediente. Si no hay grupo al que sumarse, te lo diremos. El mínimo de 30 MWh por solicitud no se aplica a las actuaciones realizadas en Ceuta y Melilla.
¿Puedo tener una subvención y además esto?
Sí en casi todos los casos. La única incompatibilidad total es con las ayudas que salen del Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Con las demás se puede combinar, con un tope: la ayuda más el certificado no pueden superar lo que costó la obra. Conviene mirar las dos vías juntas antes de pedir nada, porque una puede cerrarte la otra.
¿Qué papeles necesito?
Los de tu instalación: factura de la obra, ficha técnica del equipo, fotos de antes y después, y el certificado energético anterior a la obra en su archivo original (.cex o .xml, no el PDF). Si algo falta, te decimos si se puede reconstruir. El certificado anterior es el crítico: sin él no se puede calcular el ahorro.
¿Tengo que mantener la instalación funcionando?
Sí. Se certifica un ahorro anual, y el compromiso es mantener la medida en funcionamiento durante la vida útil que la ficha reconoce a esa obra. Si se desmonta o se anula antes, procede devolver la contraprestación. No es letra pequeña escondida: figura en el contrato de cesión y conviene leerla antes de firmar.
¿Y vosotros qué cobráis?
Honorarios por el trabajo técnico y la gestión: el cálculo, el expediente, la negociación del precio y la tramitación. El estudio inicial es gratis y sin compromiso, y sabrás lo que cuesta el servicio antes de encargarlo.

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Revisado en agosto de 2026 contra el Real Decreto 36/2023 y la Orden TED/815/2023. Esta página explica el sistema y no es asesoramiento jurídico ni fiscal.

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