Plazos del CAE

Plazos del CAE: cuánto tarda de verdad, fase por fase

Verás por ahí «de dos a cuatro meses». No es lo que suele pasar. La respuesta de si tu obra aplica llega en menos de 48 horas. El cobro, entre 6 y 12 meses desde que el expediente está completo.

La distinción

¿Por qué hay dos relojes y no uno?

Porque «hasta cuándo estoy a tiempo» y «cuánto tardo en cobrar» no son la misma pregunta. Mezclarlas es como se acaba diciendo «tres años» y «de dos a cuatro meses» en la misma frase, como si midieran lo mismo.

Reloj 1

Elegibilidad de la obra

Desde cuándo cuenta una actuación y hasta cuándo se puede liquidar el certificado que genera. Lo marca la norma: entrada en vigor del sistema y plazo de liquidación.

Reloj 2

Cobro del certificado

Desde que el expediente está completo hasta que el dinero llega. Lo marca el circuito: verificador, gestor autonómico, registro y contraparte. Aquí es donde se van los meses.

Reloj 1

¿Hasta cuándo cuenta mi obra?

Un CAE se puede liquidar hasta tres años después de ejecutar la actuación, y en todo caso antes del 1 de enero de 2031. El sistema está en vigor desde el 26 de enero de 2023. Eso es liquidación, no «validez del certificado».

Un CAE puede liquidarse hasta tres años después de ejecutar la actuación, y en todo caso antes del 1 de enero de 2031. RD 36/2023, art. 14.5.

«Un CAE podrá ser liquidado hasta tres años después de haberse ejecutado la actuación que generó el ahorro recogido en el certificado, siempre que el ahorro se haya obtenido desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto y la liquidación se produzca antes del 1 de enero de 2031.»

El real decreto entró en vigor el 26 de enero de 2023. El artículo 14.5 regula hasta cuándo se puede liquidar un certificado ya emitido, no desde qué fecha exacta cuenta una obra —factura, fin de obra o puesta en servicio—. Esa distinción importa, y la segunda fecha no la vamos a inventar.

Reloj 2

¿Cuánto tardo en cobrar?

Si tu obra aplica, te lo decimos en menos de 48 horas. El cobro llega entre 6 y 12 meses desde que el expediente está completo. Verás por ahí «de dos a cuatro meses». No repetimos esa cifra.

Las 48 horas son el precálculo: si la ficha aplica, qué orden de magnitud sale y si hace falta agrupar. El resto del tiempo se va en verificación, subsanaciones y el registro. Un expediente completo, con dos rondas de requerimiento, puede irse a casi un año. Por eso la horquilla es 6 a 12 meses, y por eso no prometemos 2 a 4.

Si aplica
48 h
Hasta el cobro
6–12 meses

El proceso

¿Qué pasa en cada fase?

Seis paradas. Las dos primeras son rápidas. Las que alargan son la verificación y la inscripción, y no las controla quien te hace el precálculo.

  1. 01

    Precálculo de elegibilidad

    Si la ficha aplica, qué orden de magnitud sale y si hay que agrupar. Menos de 48 horas. Gratis.

  2. 02

    Papeles de la instalación

    Factura, fotos, certificado energético anterior. Si falta el archivo ejecutable, aquí es donde se detiene.

  3. 03

    Expediente técnico

    Cálculo con la fórmula oficial, memoria y trazabilidad de cada variable. Lo montamos nosotros.

  4. 04

    Verificación independiente

    El verificador rehace el cálculo. Si pide una subsanación, el reloj se para hasta responderla. Aquí se van los meses.

  5. 05

    Solicitud de emisión

    Solo la presenta un sujeto obligado o un sujeto delegado. Tú no. Cedes el ahorro y cobras por esa cesión.

  6. 06

    Inscripción y cobro

    Registro nacional y contraprestación. Entre 6 y 12 meses desde que el expediente está completo, no desde el primer correo.

La alternativa

¿Puedo hacerlo yo mismo?

No puedes presentar la solicitud. Solo la presentan sujetos obligados y delegados. Lo que sí puedes es ceder el ahorro a quien sí puede, o intentarlo por tu cuenta y descubrir esa frase al final.

Con gestor técnicoPor tu cuenta
Lo que cambia de verdad
Te dicen si aplica en 48 hNo
Alguien reúne el mínimo de 30 MWhNo
Alguien que sí puede presenta la solicitudNo
El plazo de cobro que te dicen es el que suele ocurrirNo

La última fila es la que el sector pierde: las guías comerciales dicen «de 2 a 4 meses». Elumen no.

No compensa esperar si el plazo de liquidación se echa encima, ni empezar una obra sin el certificado energético anterior. El papel que falta no se improvisa en la verificación. Si la obra aún no está hecha, pídelo antes.

Preguntas

Lo que se pregunta de los plazos

¿Cuánto tarda un CAE de verdad?
Si aplica, te lo decimos en menos de 48 horas. El cobro llega entre 6 y 12 meses desde que el expediente está completo. No son «de 2 a 4 meses».
¿Tengo tres años para tramitarlo?
Un CAE se puede liquidar hasta tres años después de ejecutar la actuación, y en todo caso antes del 1 de enero de 2031 (RD 36/2023, art. 14.5). Eso es liquidación del certificado, no el plazo para empezar el papeleo.
¿Por qué otras webs dicen de 2 a 4 meses?
Es la cifra de las guías comerciales del sector. Un expediente real, con subsanaciones, se va con facilidad a casi un año. Prometer 2 a 4 meses es lo que luego hay que explicar.
¿Sigo a tiempo si la obra es de 2023?
El sistema está en vigor desde el 26 de enero de 2023. Si tu reforma es de los últimos años, lo miramos. No vamos a decirte que «probablemente sí» sin ver la fecha de la actuación y el estado del expediente.

Contenido revisado el 17 de agosto de 2026 contra el RD 36/2023, art. 14.5, y los plazos medidos sobre expedientes completos. Esta página no es un compromiso de fecha de cobro.

¿Quieres saber si sigues a tiempo?

En 48 horas te decimos si la obra aplica y qué orden de magnitud puede valer. El cobro, cuando toque, con la horquilla a la vista. Gratis.

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