Glosario

Las palabras del CAE, definidas y con su artículo

Sujeto delegado, propietario del ahorro, ficha técnica, equivalencia financiera. El sector las usa a diario y casi nunca las define. Aquí está cada una con su definición, las palabras exactas de la norma y una línea de por qué te importa a ti.

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términos del sistema, definidos uno a uno
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salen del artículo 2 del RD 36/2023, con su letra
1
lo usa medio sector y no aparece en la norma

El error caro

¿Quién cobra: el que paga la obra o el que vive allí?

El que paga. La norma separa en tres letras seguidas del artículo 2 al propietario del ahorro, al usuario final y al titular del CAE, y solo el primero cede y cobra. Se parecen tanto de nombre que es de donde salen los expedientes firmados por quien no debía firmarlos.

Las tres figuras del artículo 2 del RD 36/2023 que más se confunden entre sí, y qué puede hacer cada una.
La figura¿Pone el dinero de la obra?¿Cede el ahorro y cobra?¿Puede ser titular del CAE?
Propietario del ahorro (art. 2.f)Sí. Sí, es quien invierteSí. Sí, es quien firma el convenioNo. Nunca
Usuario final o beneficiario (art. 2.e)No. No necesariamenteNo. No, solo nota el ahorroNo. Nunca
Titular del CAE (art. 2.i y art. 8.1)No. No, compra el ahorro hechoNo. No, paga por élSí. Sí, y solo él

Literal del art. 8.1: «Únicamente podrán ser titulares de un CAE los sujetos obligados o los sujetos delegados.» Real Decreto 36/2023 en el BOE, texto consolidado.

¿Quién es quién en un CAE?8

Siete figuras que define la norma y una que se inventó el mercado. Si no distingues estas, no puedes saber quién te está llamando ni qué te puede prometer de verdad.

Sujeto obligadoRD 36/2023, art. 2.c(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La empresa a la que la ley le impone ahorrar energía: comercializadoras de gas y electricidad, y operadores mayoristas de productos petrolíferos y de gases licuados del petróleo. Son quienes tienen que cumplir una cuota anual, y por eso son quienes acaban pagando por los certificados.

«Tendrán esta condición las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor.»

Por qué te importa

Es el que pone el dinero. Toda la cadena de arriba existe porque a alguien le sale más barato comprarte el ahorro que pagar la aportación al fondo.

Sujeto delegadoRD 36/2023, art. 2.d y art. 9.2(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La persona jurídica acreditada por el Coordinador Nacional para obtener ahorros en nombre de uno o varios sujetos obligados. Tiene que demostrar capacidad legal, competencia técnica en eficiencia energética y solvencia económica antes de poder presentar un solo expediente.

«Toda aquella persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de ahorros de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE.»

Por qué te importa

Es la única figura acreditada que puede presentar tu expediente. Elumen no lo es y lo dice de cara: trabajamos junto a uno. Si quien te llama no te sabe decir con qué sujeto delegado presenta, no lo sabe o no lo quiere decir.

Quién decide qué obra vale

Propietario del ahorro de energía finalTambién: dueño del ahorro · titular del ahorroRD 36/2023, art. 2.f(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Quien pone el dinero de la obra, o aquel a quien se le ha cedido el ahorro que la obra genera. Es la figura que firma la cesión y la que cobra por ella. La norma la separa a propósito de quien usa el edificio.

«Persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que lleva a cabo la inversión de la actuación en eficiencia energética con la finalidad de obtener un ahorro de energía final, para sí mismo o para un tercero, o bien aquella a la que le ha sido cedido el ahorro generado por dicha actuación.»

Por qué te importa

🎯 Es el término que te describe a ti si has pagado la reforma, y el que decide quién firma. Quien invierte cobra; quien vive allí de alquiler, no. Confundirlo es el error que hace que un expediente lo firme la persona equivocada.

Usuario final o beneficiarioRD 36/2023, art. 2.e(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Quien es titular, arrendatario u ocupante de la instalación donde se hizo la obra y nota el efecto del ahorro. Es una figura distinta del propietario del ahorro, aunque muchas veces sean la misma persona.

«Aquella persona física o jurídica que, siendo titular, arrendatario u ocupante de las instalaciones sobre las que se ha ejecutado la actuación de eficiencia energética, obtiene un impacto positivo de los ahorros de energía final generados.»

Por qué te importa

Ser beneficiario no da derecho a cobrar nada. En un piso alquilado, el inquilino se beneficia del ahorro y el propietario que pagó la caldera es quien cede y cobra.

Verificador de ahorro energéticoRD 36/2023, art. 2.k(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Entidad acreditada por ENAC que comprueba dos cosas: que el ahorro declarado es el que realmente produce la actuación, y que la documentación del expediente cumple todos los requisitos de información. Su dictamen favorable es lo que permite pedir la emisión.

«Entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) […] encargada de verificar los ahorros de energía obtenidos por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética, así como que la documentación aportada […] cumple con todos los requerimientos de información.»

Por qué te importa

Es quien dice que no. No trabaja para ti ni para quien te tramita: la elige el sujeto obligado o el delegado y su dictamen es un filtro real, no un trámite.

Qué mira el verificador

Gestor Autonómico del CAERD 36/2023, art. 2.l y art. 13.2(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El órgano de tu comunidad autónoma con competencias en eficiencia energética. Valida el expediente de las obras hechas en su territorio, emite el certificado y lo preinscribe en el Registro Nacional. Es quien te requiere si falta un papel.

Por qué te importa

Es la administración concreta que abre tu expediente, y no es la misma en Cataluña que en Madrid. Los ritmos y los criterios de subsanación cambian de una a otra: por eso un plazo medio nacional dice poco.

Cuánto consume cada tramo

Coordinador Nacional del Sistema de CAERD 36/2023, art. 2.m(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La Dirección General de Política Energética y Minas del MITECO. Acredita a los sujetos delegados, inscribe definitivamente los certificados en el Registro Nacional y registra el precio de cada transacción.

Por qué te importa

Es quien tiene los números de verdad del sistema, incluidos los precios. Que existan y que no sean públicos uno a uno es la razón de que las bandas que circulan sean estimaciones.

Por qué no hay cifra exacta

Originador, agrupador, tramitadorTambién: intermediario · gestor CAEEn el límite. No está en la norma

Nombres comerciales de quien detecta obras, reúne la documentación y las agrupa para llegar al mínimo por solicitud. Describen un trabajo real, y hace falta hacerlo. Lo que no describen es una figura acreditada.

Por qué te importa

🎯 Ninguno de los tres aparece en el RD 36/2023. Que alguien se presente como «originador acreditado» no significa nada legalmente: la acreditación existe para el sujeto delegado y para el verificador, y para nadie más. Pregunta con qué sujeto delegado trabaja.

Qué preguntar antes de firmar

¿Qué es cada cosa?10

El certificado, los papeles que lo sostienen y las dos vías por las que una obra entra en el sistema. Aquí está también el parecido de nombre que más confunde: CAE y CEE.

Certificado de Ahorro Energético (CAE)RD 36/2023, art. 2.b y art. 8.2(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Documento electrónico que reconoce de forma fehaciente el ahorro anual de energía final que produce una actuación de eficiencia energética. Se emite por valor de un kilovatio hora, sin decimales, y es indivisible: un CAE es un kWh de ahorro al año.

«Documento electrónico que establece el reconocimiento fehaciente del ahorro anual de consumo de energía final derivado de una actuación de eficiencia energética.»

Por qué te importa

«Anual» es la palabra que lo cambia todo. El certificado mide lo que ahorras en un año, no en la vida útil del equipo. Quien te multiplique por quince años está inflando la cifra.

Cómo funciona el sistema

Titular del CAERD 36/2023, art. 8.1 y art. 2.i(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El sujeto obligado o el sujeto delegado a favor del cual se emite el certificado, o quien lo compra después. Solo ellos pueden serlo: los CAE son bienes muebles negociables entre esas dos figuras y nadie más.

«Únicamente podrán ser titulares de un CAE los sujetos obligados o los sujetos delegados.»

Por qué te importa

🎯 Tú nunca vas a tener un CAE. Aunque hayas pagado la obra entera, lo que tienes es un ahorro que puedes ceder; el certificado se emite a favor de otro. Quien te ofrezca «tus certificados» está describiendo mal el producto.

Ficha técnicaTambién: ficha estandarizada · ficha del catálogoRD 36/2023, art. 2.ñ(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El documento que fija cómo se calcula el ahorro anual en kWh de una actuación concreta. Trae la fórmula, las variables que hay que medir y los valores de referencia. Si tu obra encaja en una ficha, el cálculo deja de ser opinable.

«Documento con especificaciones técnicas detalladas que determina el ahorro anual en energía final, medido en kWh, conseguido por la ejecución de una actuación estandarizada concreta.»

Por qué te importa

Es lo primero que hay que saber de tu obra, porque decide todo lo demás: qué papeles hacen falta, qué se puede calcular y si llega al mínimo. Quien no te diga qué ficha aplica no ha mirado tu caso.

El catálogo entero

Actuación estandarizadaRD 36/2023, art. 2.o(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Una obra de eficiencia energética que, por sus características técnicas, es fácilmente replicable y por tanto cabe en una ficha del catálogo. Es la vía normal y la rápida: el ahorro se calcula con la fórmula publicada.

«Aquella actuación de eficiencia energética que, por sus características y particularidades técnicas, pueda ser fácilmente replicable.»

Por qué te importa

Es la vía que quieres. La administración tiene quince días para resolverla, frente a treinta de una singular, y no hace falta justificar el método de cálculo.

Actuación singularRD 36/2023, art. 2.p(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Una obra que por sus particularidades técnicas no cabe en ninguna ficha. Puede dar derecho a CAE, pero solo después de ejecutada y con el ahorro anual confirmado por un verificador, que en la práctica significa medirlo.

«Aquella actuación de eficiencia energética que, por sus características y particularidades técnicas, no puede ser incluida en una ficha del catálogo. Podrán dar derecho a la emisión de CAE válidos una vez hayan sido ejecutadas y los ahorros anuales de energía obtenidos confirmados por un verificador de ahorro energético.»

Por qué te importa

Es más cara, más lenta y más incierta: nadie puede decirte de antemano cuánto sale. Si te ofrecen una cifra cerrada por una actuación singular antes de ejecutarla, es una estimación disfrazada de compromiso.

Convenio CAETambién: cesión del ahorro · contrato de cesiónRD 36/2023, art. 2.g(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El acuerdo por el que cedes el ahorro de tu obra a un sujeto obligado o delegado a cambio de una contraprestación. Es el documento que convierte tu reforma en dinero, y el único que firmas tú.

«Acuerdo firmado entre el sujeto obligado o el sujeto delegado con el propietario del ahorro de energía final, por el cual éste cede dicho ahorro a los primeros a cambio de una contraprestación que garantiza el efecto incentivador.»

Por qué te importa

🎯 Es el papel que hay que leer entero antes de firmar nada. Ahí está la contraprestación, quién la paga y cuándo. Si te lo ponen delante en la misma visita comercial, no lo firmes ese día.

Qué mirar antes de firmar

Contrato de delegaciónRD 36/2023, art. 2.h y art. 9.4(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El acuerdo privado entre un sujeto obligado y un sujeto delegado por el que el segundo se compromete a obtener y liquidar certificados en nombre del primero. La obligación, sin embargo, nunca se traspasa: sigue siendo del obligado.

Por qué te importa

No lo firmas tú y aun así te afecta: es lo que determina que haya comprador para tu ahorro. Sin contrato de delegación detrás, un tramitador no tiene a quién venderlo.

Certificado de eficiencia energética (CEE)También: certificado energético · etiqueta energética · cexReal Decreto 390/2021, de 1 de junio(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La certificación energética del edificio, la de la etiqueta de la A a la G. Es una norma distinta y anterior al sistema CAE, y no tiene nada que ver con el certificado de ahorro: son dos papeles con nombres parecidos y funciones opuestas.

Por qué te importa

🎯 Aquí se confunde todo el mundo, y sale caro. Para muchas fichas de edificio hace falta el CEE **anterior** a la obra, y en el archivo del programa (.cex o .xml), no en PDF. Si la obra ya empezó, ese archivo ya no se puede hacer.

El documento que más expedientes tumba

Expediente CAERD 36/2023, art. 2.j(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El conjunto ordenado de documentos y trámites de la emisión, el registro y la liquidación de un certificado. Es lo que se presenta ante el Gestor Autonómico, acompañado del dictamen favorable del verificador.

«Conjunto ordenado de documentos y actuaciones relativos a la emisión, registro y liquidación del CAE, así como las diligencias encaminadas a la implementación del conjunto del sistema.»

Por qué te importa

Se guarda hasta al menos tres años después de liquidar el CAE, a disposición de la Administración. Y la medida tiene que seguir funcionando toda su vida útil declarada: ceder el ahorro no termina el día del cobro.

Qué papeles hacen falta

¿De dónde sale el dinero?6

La obligación que crea la demanda, el fondo que le pone suelo, el techo que le pone precio y las dos reglas que deciden si tu obra llega o no llega.

Obligación de ahorro energéticoRD 36/2023, art. 2.q(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La cuota anual de ahorro que una orden ministerial asigna a cada sujeto obligado dentro del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética. Es el punto de partida de todo: sin cuota no habría demanda de certificados.

«Cuota anual de ahorro energético de ámbito nacional asignada a cada uno de los sujetos obligados del SNOEE.»

Por qué te importa

Es la razón de que alguien quiera comprarte un ahorro que ya has hecho. No es una subvención ni un gesto verde: es una empresa cumpliendo una cuota que le impone la ley.

Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)RD 36/2023, art. 3.2(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El fondo público al que los sujetos obligados aportan dinero para cumplir su cuota. El sistema CAE es la vía alternativa: se puede cumplir con certificados, pero solo hasta cierto punto, porque hay un porcentaje mínimo que va al fondo sí o sí.

«Este Sistema será de carácter voluntario y podrá ser alternativo, total o parcialmente, al Fondo Nacional de Eficiencia Energética […] siempre que se respete el porcentaje mínimo de aportación al Fondo.»

Por qué te importa

El mínimo obligatorio al fondo es lo que le pone suelo a la demanda de certificados: una parte de la obligación no se puede cubrir de otra manera, y el resto tiene que competir con el CAE.

El suelo y el techo, juntos

Equivalencia financieraRD 36/2023, preámbulo, y la orden de obligaciones de cada ejercicio(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Lo que le cuesta a un sujeto obligado cumplir su cuota pagando al fondo en vez de comprando certificados. Se fija cada año por orden ministerial y funciona como techo económico del sistema entero.

Por qué te importa

🎯 Es el techo de tu precio. Nadie te va a pagar por un CAE más de lo que le costaría pagar al fondo, porque le saldría más caro. Todo precio de mercado es un descuento sobre esa cifra.

El techo del ejercicio en curso

Efecto incentivadorRD 36/2023, art. 13.1(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

La justificación de que el CAE ha contribuido de verdad a que la obra se hiciera. Si la actuación recibió dinero público, hay que acreditarlo en el expediente, en los términos que recoja el convenio.

«Si la actuación ha recibido financiación de algún programa público de ayuda, el solicitante del CAE deberá justificar en el expediente de la solicitud el efecto incentivador del propio CAE, tal y como se haya recogido en el convenio CAE.»

Por qué te importa

Es donde se decide si puedes juntar una subvención con un CAE. No basta con que las dos sean compatibles: hay que poder explicar por qué el certificado influyó en la decisión de hacer la obra.

Cuándo se pueden juntar

Mínimo por solicitudOrden TED/815/2023, art. 14.6(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Cada solicitud de emisión tiene que reunir al menos 30 MWh de ahorro anual. Es un mínimo legal, no una condición comercial de quien te tramita, y no se aplica a las actuaciones hechas en Ceuta y Melilla.

«Cada solicitud de emisión de CAE deberá contemplar una cantidad mínima de ahorro de energía de 30 MWh.»

Por qué te importa

Es la razón de que una vivienda suelta casi nunca vaya sola: no llega. Por eso existe la agrupación, y por eso quien te dice que tramita tu caldera individual «en dos semanas» no está describiendo el sistema real.

Los órdenes de magnitud

Agrupación de actuacionesOrden TED/815/2023, art. 14.3(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Varias obras pueden ir en la misma solicitud si se ejecutaron el mismo año y en la misma comunidad autónoma. Es el mecanismo que permite que actuaciones pequeñas lleguen al mínimo de 30 MWh.

«Se podrán incluir en una misma solicitud de emisión de CAE distintas actuaciones de eficiencia energética, siempre y cuando dichas actuaciones hayan sido ejecutadas en el mismo año y dentro del ámbito territorial de la misma comunidad autónoma.»

Por qué te importa

Las dos condiciones son duras: mismo año y misma comunidad. Una obra de diciembre y otra de enero no se pueden juntar, y eso condiciona cuándo conviene cerrar un lote.

¿Cómo avanza un expediente?4

Desde que se presenta la solicitud hasta que el ahorro queda liquidado. Es el tramo donde se pierden los plazos, y donde diez días de subsanación deciden el resultado.

Registro Nacional de CAERD 36/2023, art. 11 y art. 13.4-13.5(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El registro donde se inscriben los certificados. El Gestor Autonómico los preinscribe tras emitirlos y el Coordinador Nacional hace la inscripción definitiva. A partir de ahí el CAE vale en toda España y se puede vender o liquidar.

Por qué te importa

La inscripción definitiva es el hito que convierte tu expediente en algo negociable. Antes de eso no hay nada que vender, y por tanto tampoco nada que cobrar.

Los dos relojes

SubsanaciónRD 36/2023, art. 13.3(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El requerimiento que hace el Gestor Autonómico cuando el expediente llega incompleto o con deficiencias. Da un plazo máximo de diez días; si no se subsana, o se subsana a medias, la solicitud se desestima y el expediente se archiva.

«El Gestor Autonómico requerirá al solicitante su subsanación en un plazo máximo de diez días, advirtiéndole que, en caso de no producirse dicha subsanación o de ser incompleta, se procederá a desestimar la solicitud y al archivo del expediente.»

Por qué te importa

🎯 Diez días es poco para conseguir un papel que no existe. Es la razón exacta de que la documentación se reúna antes de presentar y no sobre la marcha: una subsanación mal resuelta no retrasa el expediente, lo mata.

Los fallos que lo tumban

Liquidación de un CAERD 36/2023, art. 2.s y art. 8.7(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

El reconocimiento oficial de que el ahorro recogido en el certificado se ha conseguido para un año concreto. La hace el Coordinador Nacional y solo pueden liquidar sujetos obligados o delegados. Es el final del camino.

«Reconocimiento de la consecución del ahorro anual de energía recogido en el certificado para un año en concreto.»

Por qué te importa

Un CAE se puede liquidar hasta tres años después de ejecutar la obra, y en todo caso antes del 1 de enero de 2031. Esa fecha es un tope duro del sistema, no una previsión.

El tope de liquidación

Transmisión de un CAERD 36/2023, art. 15.1 y art. 15.2(se abre en el BOE, en una pestaña nueva)

Los CAE son bienes muebles negociables entre sujetos obligados y delegados. Al venderse, el vendedor comunica al Coordinador Nacional la nueva titularidad y el precio en €/kWh, y ese precio recibe tratamiento confidencial.

«La información relativa al precio de la transacción tendrá un tratamiento confidencial.»

Por qué te importa

🎯 Aquí está la respuesta a «¿por qué nadie me da un precio exacto?». Los precios existen, se comunican y se registran, y la propia norma los declara confidenciales. No es opacidad de tu gestor: es el diseño del sistema.

De dónde sale cada cifra

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta después de leer el vocabulario

¿Un CAE y un certificado energético son lo mismo?
No, y es la confusión más frecuente. El certificado de eficiencia energética (CEE) es la etiqueta de la A a la G de un edificio, regulada por el Real Decreto 390/2021. El certificado de ahorro energético (CAE) reconoce el ahorro anual que produce una obra, y lo regula el Real Decreto 36/2023. Comparten iniciales y no comparten nada más.
¿Puedo tener yo un CAE a mi nombre?
No. El artículo 8.1 del RD 36/2023 dice que únicamente pueden ser titulares de un CAE los sujetos obligados o los sujetos delegados. Lo que tú tienes es el ahorro, que puedes ceder mediante un convenio CAE a cambio de una contraprestación.
¿Qué es un «originador» de CAE?
Es un nombre comercial, no una figura legal: no aparece en el RD 36/2023. Describe a quien detecta obras y reúne documentación, que es un trabajo real y necesario. Pero no existe una acreditación de originador: las acreditaciones del sistema son la de sujeto delegado, que da el Coordinador Nacional, y la de verificador, que da ENAC.
¿Quién firma la cesión del ahorro, el propietario o el inquilino?
El propietario del ahorro de energía final, es decir, quien pagó la obra. El inquilino que se beneficia del ahorro es el usuario final, y esa condición no da derecho a ceder ni a cobrar. Son dos letras distintas del artículo 2.
¿Por qué nadie publica el precio exacto de un CAE?
Porque la norma lo declara confidencial. El artículo 15.2 del RD 36/2023 obliga a comunicar el precio de cada transacción al Coordinador Nacional y añade que esa información tendrá tratamiento confidencial. Los precios existen y están registrados; lo que no hay es una tabla pública operación a operación.
¿Este glosario sirve para el catálogo de fichas?
Sirve para leerlo. Una ficha técnica usa «actuación estandarizada», «ahorro de energía final» y «vida útil» sin definirlos, porque da por hecho que quien la abre ya conoce el vocabulario. Las 116 fichas vigentes están en el catálogo de Elumen, con buscador.

Definiciones tomadas del texto consolidado del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero y de la Orden TED/815/2023, de 18 de julio, comprobadas en el BOE en agosto de 2026. La consolidación vigente al comprobarlas es la publicada el 21/03/2026. Un texto consolidado se modifica: si vas a apoyarte en una de estas definiciones para algo que importe, ábrela en el BOE. Esto no es asesoramiento jurídico. El catálogo de fichas vigente se transcribe aparte y tiene su propia fecha.

¿Ya sabes de qué te están hablando?

Si has llegado aquí porque alguien te ha ofrecido tramitar un CAE, el siguiente paso no es contratarnos: es comprobar qué ficha aplica a tu obra y qué papeles hacen falta. Las dos cosas están publicadas.

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