Ficha CAE · Industrial · V1.1

Ficha IND210: CAE por reducir la presión de condensación

Actualizado el 2 de octubre de 202620 min de lectura

Una instalación frigorífica puede consumir menos electricidad si condensa a menor presión sin cambiar el servicio que presta. La IND210 contempla tres tipos de mejora en instalaciones existentes y exige documentar cómo cambia el rendimiento estacional de cada circuito.

Qué es la ficha IND210

En resumen

La ficha IND210 del MITECO calcula el ahorro anual de energía final al reducir la presión de condensación de una instalación frigorífica existente mediante control flotante permanente, mayor superficie de intercambio en condensadores o recuperación de calor que disminuya la presión media de condensación. Compara el SEPR anterior y posterior de cada circuito independiente y mantiene las condiciones de servicio. El ahorro puede respaldar una solicitud de CAE, previa justificación y verificación del expediente.

La ficha define a qué obras se aplica, sus requisitos, cómo se justifica el ahorro y qué documentos hay que presentar. La estructura y los anexos cambian según la actuación. Pulsa cada una para verla en la ficha.

  1. La publica el Ministerio y la cambia por resolución en el BOE; manda la versión vigente el día de la solicitud. Es la del catálogo, comprobado el 30 de septiembre de 2026.
  2. En una instalación existente: control flotante permanente, más superficie de condensador o recuperación de calor. Qué entra y qué no.
  3. Por la potencia frigorífica, los factores de demanda y clima y las horas activas; el calor recuperado no cuenta. La fórmula.
  4. El control flotante pide además registros de sensores y consignas protegidas; el Anexo III, el informe por servicios. Los papeles.

IND210: Reducción de la presión de condensación en instalación frigorífica por cambio a tecnología más eficiente

Código
IND210
Versión
V1.1
Sector
Industrial

1. Ámbito de aplicación

«Instalaciones frigoríficas existentes en las que se implemente una cualesquiera de las siguientes actuaciones: 1) Sistema de control flotante en régimen permanente […]. 2) Incremento de la superficie de intercambio en condensadores. 3) Implantación de sistemas de recuperación de calor […].»

2. Requisitos

«[…] La actuación realizada no debe alterar las condiciones de servicio u operación requeridas en el sistema de refrigeración.»

3. Cálculo del ahorro de energía

Circuitos independientes afectados

«El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en kWh/año».

4. Resultado del cálculo · …

5. Documentación para justificar los ahorros

  1. 1La ficha, firmada por quien solicita el CAE
  2. 2Declaración de ayudas públicas (Anexo I)
  3. 3Facturas con el detalle de los equipos
  4. 4Fotos antes y después, con registros si es flotante
  5. 5Informe del frigorista, con el Anexo III firmado
  6. 6Declaración de las horas de funcionamiento activo
  7. 7Puesta en funcionamiento, si es preceptiva

Resumen de los siete puntos del apartado.

Y 2 anexos aparte

La IND210 en una tabla

Código
IND210
Denominación oficial
Reducción de la presión de condensación en instalación frigorífica por cambio a tecnología más eficiente
Versión
V1.1
Sector
Industrial
Qué certifica
Ahorro anual de energía final, en kWh. Un CAE por kWh.
Documentos que pide
7, en su apartado 5
Documentos asociados descargables
2, además de los modelos comunes
Mínimo por solicitud, no por actuación
30.000 kWh de ahorro anual, agrupando actuaciones si hace falta. Excepto Ceuta y Melilla.
Dónde se publica
PDF propio en el catálogo del MITECO
De la ficha (V1.1) y del catálogo del MITECO, comprobado el 30 de septiembre de 2026. Unidad del CAE: RD 36/2023, art. 8.2; mínimo por solicitud: Orden TED/815/2023, art. 14.6.

A qué obras se aplica

En resumen

A instalaciones frigoríficas existentes que implantan un control flotante permanente de la condensación, aumentan la superficie de intercambio de los condensadores o incorporan una recuperación de calor que baja la presión media de condensación. La actuación no puede alterar las condiciones de servicio del sistema.

En un circuito frigorífico, la condensación evacua el calor. Bajar la presión reduce el consumo necesario para el mismo servicio de frío. Una consigna más baja que impida conservar la temperatura requerida no cumple el requisito de mantener las condiciones de servicio u operación.

En la tercera modalidad, la IND210 no cuenta el ahorro del calor recuperado que se aprovecha en otro proceso o se vende a un tercero: mide solo la mejora del circuito frigorífico. Si el proyecto tiene los dos efectos, hay que delimitarlos para no contar dos veces el mismo ahorro.

Los circuitos que se suman tienen que ser y mantenerse independientes, sin intercambiador que los una. Los sistemas en cascada, doble salto o condensados por otro circuito frigorífico no se consideran independientes.

¿Entra tu obra?

Lectura de Elumen

Entra

Lo que cubre la ficha

  • Instalación frigorífica existente.
  • Control flotante en régimen permanente que permita bajar la presión de condensación de trabajo.
  • Más superficie de intercambio en los condensadores.
  • Recuperación de calor que baje la presión de condensación media de trabajo.

No entra

Lo que deja fuera

  • Contar en esta ficha el calor recuperado que se aprovecha en otro proceso o se vende a un tercero.
  • Una mejora que altera las condiciones de servicio u operación del sistema de refrigeración.

Depende

Hay que mirar tu caso

  • Bajar una consigna a mano: el control flotante tiene que ser permanente y con los parámetros protegidos, y hay que acreditarlo.
  • Circuitos en cascada o doble salto: no se suman como circuitos independientes.
¿No tienes claro en qué grupo cae tu obra? Revisamos el encaje con tu caso concreto.Pide la revisión

Apartado 1 · Ámbito de aplicación

Texto literal de la ficha

«Instalaciones frigoríficas existentes en las que se implemente una cualesquiera de las siguientes actuaciones:»

«1) Sistema de control flotante en régimen permanente que permita la bajada de la presión de condensación de trabajo.»

«2) Incremento de la superficie de intercambio en condensadores.»

«3) Implantación de sistemas de recuperación de calor que supongan una bajada de la presión de condensación media de trabajo. En este caso no se podrá contabilizar en esta ficha el ahorro generado por el calor recuperado y aprovechado en otro proceso interno del establecimiento o en su venta a un tercero.»

Literal de la ficha IND210 V1.1, sin las llamadas a nota. Leído el 2 de octubre de 2026.

Qué requisitos pone

Apartado 2 · Requisitos

Texto literal de la ficha

«Esta ficha no establece requisitos específicos, lo que en ningún caso exonera del cumplimiento de los requisitos de obligado cumplimiento establecidos en la normativa vigente: Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas (RSIF), Reglamento europeo sobre los gases fluorados y otras disposiciones en este ámbito de aplicación.»

«La actuación realizada no debe alterar las condiciones de servicio u operación requeridas en el sistema de refrigeración.»

Literal de la ficha IND210 V1.1, sin las llamadas a nota. Leído el 2 de octubre de 2026.

Además de cumplir el ámbito y los requisitos de la ficha, la actuación debe respetar la normativa aplicable y justificar el ahorro con sus documentos.

Cómo se calcula el ahorro

En resumen

Para cada circuito, el ahorro es la diferencia entre el inverso del SEPR anterior y el del SEPR posterior, multiplicada por la potencia frigorífica de diseño, el factor de demanda, el factor de clima y las horas activas. Se suman los circuitos independientes afectados y el resultado es energía final en kWh al año.

Apartado 3 · Cálculo del ahorro de energía

En kWh de energía final al año
Circuitos independientes afectados

El SEPR anterior y el posterior los declara la empresa frigorista para las condiciones de operación. Cuando no se pueda conocer el valor, la nota 3 permite calcularlo con el método del Reglamento (UE) 2015/1095 y las hojas de cálculo de la Comisión Europea.

Si el mismo circuito ya obtuvo CAE por una actuación anterior, la ficha obliga a usar como SEPR anterior el valor oficialmente verificado de aquellos ahorros. La comparación no se reinicia con una situación de partida menos eficiente que ya se certificó.

La potencia es la de diseño del circuito afectado, justificada con la tabla del Anexo III, y las horas activas también salen de esa tabla de servicios. Funcionar muchas horas no significa trabajar siempre a plena potencia: para eso está el factor de demanda.

Qué datos hay que justificar

SEPRantRendimiento estacional del circuito antes de la actuación, en W/WDe dónde sale: Declaración de la empresa frigorista; el valor verificado si el circuito ya obtuvo CAE
SEPRposRendimiento estacional del circuito después de la actuación, en W/WDe dónde sale: Declaración de la empresa frigorista para las condiciones de operación
PfPotencia frigorífica de diseño del circuito afectado, en kWDe dónde sale: Tabla del Anexo III
FdFactor de demanda según la aplicaciónDe dónde sale: Tabla 1 del Anexo II
FcFactor de corrección por zona climáticaDe dónde sale: Tabla 2 del Anexo II, con la zona del RSIF
hHoras anuales equivalentes en modo activoDe dónde sale: Tabla de servicios del Anexo III (nota 4) y declaración del propietario
AEi / AETOTALAhorro por circuito y ahorro total, en kWh/añoDe dónde sale: Suma de los circuitos independientes afectados
Explicación de Elumen a partir del apartado 3 de IND210 V1.1. El método completo y sus notas se consultan en el MITECO.

El factor de demanda de cada aplicación

Tipo de aplicaciónFd
Proceso continuo1,00
Refrigeración AT0,70
Refrigeración MT0,75
Refrigeración BT0,85
Tabla 1 del Anexo II de IND210 V1.1. Su nota fija los rangos de la temperatura del local (sistemas directos) o del fluido secundario (sistemas indirectos): refrigeración AT, 0 °C ≤ T < 10 °C; MT, −20 °C ≤ T < 0 °C; BT, −40 °C ≤ T < −20 °C.

El factor de corrección climática

Zona climáticaFc
A (temperatura ambiente de diseño ≤ 32 °C)1,05
B (temperatura ambiente de diseño ≤ 38 °C)1,10
C (temperatura ambiente de diseño ≤ 43 °C)1,15
Tabla 2 del Anexo II de IND210 V1.1. La zona climática es la del Apéndice 1 de mapa de zonas climáticas, IF-06 del Real Decreto 552/2019.

Criterio 25-12.01 · Interpretación de Fd en las fichas de frío

Texto literal del Ministerio

«En las fórmulas de las fichas de frío (por ejemplo, IND210 o TER140), es habitual que la potencia haya que multiplicarla por el factor Fd. No se debe confundir con las horas de funcionamiento:»

«Las horas de funcionamiento, de acuerdo con el criterio 25-07.01, son aquellas en las que el compresor está consumiendo energía para que el sistema de producción de frío genere refrigeración de modo activo, excluyendo, por ejemplo, las horas de free-cooling.»

«El coeficiente Fd sirve para convertir la potencia frigorífica de diseño en una potencia media estimada. Esto es importante porque para calcular los ahorros se necesita hacerlo con una demanda media representativa del funcionamiento del sistema y no con la potencia de diseño que se corresponde con la máxima demanda de frío.»

«De esta forma, y de acuerdo con la tabla, se deben considerar los siguientes regímenes:»

«Funcionamiento continuo: Se refiere a aquellos procesos en los que la potencia es siempre igual o muy cercana a la nominal; por ejemplo, en los túneles de congelación en los que la temperatura ambiente tiene una influencia despreciable; o a los intercambios de calor entre fluidos sin interferencia del clima u otras variables externas tales como procesos de fermentación de cerveza o centros de datos sumergidos en fluido dieléctricos.»

«Procesos de alta, media y baja temperatura: Son aquellos en los que las condiciones ambientales o de contorno influyen sobre la demanda de frío; y se estiman según la temperatura demandada. A modo de ejemplo, en un centro de datos no sumergido la demanda de frío en muy superior en condiciones de verano extremo, que de primavera u otoño suaves. Fd se considera menor a temperatura más alta; porque se supone que la fracción de la carga debida al clima es menor cuanto más baja sea la temperatura de trabajo.»

Literal de los Criterios de verificación de los CAE v13.0 (11 de agosto de 2026), con sus erratas. Leído el 2 de octubre de 2026.

El criterio pone la IND210 como ejemplo. Las horas activas de su fórmula excluyen el free-cooling, y el Fd convierte la potencia de diseño del circuito en una potencia media. Asignar el Fd de proceso continuo exige un proceso cuya potencia está siempre igual o muy cerca de la nominal.

Criterio 25-12.02 · Interpretación de Pf en las fichas de frío

Texto literal del Ministerio

«En las fichas de frío (particularmente en las versiones más antiguas), hay que subrayar que la “Potencia frigorífica demandada por sistema frigorífico de la instalación” no coincide con la de las máquinas, que suelen estar sobredimensionadas. En un dato que debe facilitar el frigorista.»

«En las fichas nuevas esto suele quedar más claro con la tabla que figura en el anexo para el informe justificativo de la potencia frigorífica demandada, consumo de energía final anual y horas de funcionamiento activo de la instalación frigorífica.»

Literal de los Criterios de verificación de los CAE v13.0 (11 de agosto de 2026), con sus erratas. Leído el 2 de octubre de 2026.

En la IND210, la potencia frigorífica del circuito se justifica con la tabla del Anexo III, no con la potencia de placa de las máquinas. La facilita la empresa frigorista.

Qué cambia el ahorro y qué hay que justificar

  • Qué cambia el ahorro

    La mejora del rendimiento estacional del mismo circuito, del SEPR anterior al posterior, multiplicada por su potencia frigorífica de diseño, las horas activas y los factores de demanda y clima.

  • La prueba que necesitas

    El informe de la empresa frigorista con el SEPR antes y después por circuito y el Anexo III firmado. Con control flotante, además los registros de sensores, las consignas protegidas y la declaración de funcionamiento permanente.

Ejemplos con números, y lo que valen

En resumen

Dos casos supuestos de la IND210, con datos inventados para ver la fórmula funcionando: elige uno, mira de dónde sale cada número y mueve el precio dentro del rango que publica el Ministerio. No son expedientes reales ni una previsión para tu obra.

La raya marca el mínimo de 30.000 kWh por solicitud: a su izquierda, la obra sola no llega y se agrupa.

Ejemplo supuesto · IND210Cifras inventadas para explicar el cálculo

Condensación flotante en un almacén frigorífico

La presión de condensación estaba fija todo el año. Con control flotante baja cuando hace frío fuera, y el compresor trabaja menos.

SEPRant / SEPRposRendimiento estacional del circuito, antes y después2,4 → 2,9
PfPotencia frigorífica de diseño250 kW
FdFactor de demanda: refrigeración mt0,75
FcFactor de la zona climática B1,10
hHoras equivalentes al año6.500 h/año
  1. VerificadorAhorro verificado en el dictamen96.309 kWh/año
  2. AdministraciónCAE inscritos en el Registro Nacional96.309 CAE
  3. Quien ahorraLo que cobraría a 127,5 €/MWh12.270 €
Rango de precio medio del Ministerio: 115–140 €/MWh
115140

En todo el rango del Ministerio, estos 96.309 CAE valdrían entre 11.070 € y 13.490 €.

Llega sola al mínimo de 30.000 kWh por solicitud: se puede presentar sin agrupar.

Ver la cuenta paso a paso
  1. (1/2,4 − 1/2,9) × 250 × 0,75 × 1,10 × 6.500= 96.309 kWh/año
  2. 96.309 CAE × 127,5 €/MWh ÷ 1.000, a la decena hacia abajo= 12.270 €

Lo que enseña. No cambia ningún equipo grande: cambia cómo trabaja la instalación, y eso es lo que mide el SEPR de antes y de después.

Con tus datos, te lo calculamos

Ejemplo supuesto: datos inventados para explicar la fórmula de la IND210. Los kWh los calcula el motor de Elumen con los valores de las tablas de la ficha; los euros, al precio que elijas dentro del rango que publica el Ministerio (MITECO · Seguimiento del Sistema de CAE). No es un expediente real, ni un cliente de Elumen, ni una previsión para tu obra: el precio de una operación lo fija la energética que compra los CAE.

Qué documentos pide

En resumen

La IND210 pide siete documentos en su apartado 5. Además de ficha, ayudas y facturas, las fotos llevan pruebas adicionales si la mejora es un control flotante o una recuperación de calor; el informe de la empresa frigorista incluye el Anexo III; el propietario declara las horas activas, y la puesta en funcionamiento se aporta cuando es preceptiva.

  1. 1. Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE.

  2. 2. Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro deenergía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación según el modelo del Anexo I de esta ficha.

  3. 3. Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro).

    Nota de la ficha: Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.

  4. 4. Informe fotográfico de la instalación frigorífica antes y después de la actuación que permitan verificar visualmente los cambios realizados. Para el caso de actuaciones en el sistema de control flotante de presión de condensación, se deberá aportar, además:

    • a) Captura de pantalla y registros de los sensores de temperatura y presión.
    • b) Evidencias de que los parámetros de consigna permanentes están protegidos contra modificaciones (por ejemplo, acceso restringido por contraseña).
    • c) Para el caso de la recuperación de calor que suponga una disminución de la temperatura o presión de condensación, se deberá aportar fotografía del recuperador y sus características técnicas y de funcionamiento.
  5. 5. Informe de la instalación frigorífica en el que se justifiquen, para cada uno de los circuitos afectados, de acuerdo con lo dispuesto en el RSIF: los valores de potencia frigorífica demandada, el SEPRant y SEPRnue, indicando temperaturas de evaporación y condensación, el incremento de la superficie de condensación, el factor de demanda y el factor de corrección por zona climática así como régimen de funcionamiento de la instalación y, si procede, la justificación de la minoración del 10% del valor SEPR por aplicación del refrigerante con PCA<150, firmado por la empresa frigorista habilitada. Este informe deberá incluir el anexo III cumplimentado y firmado por el técnico responsable de la empresa frigorista habilitada. Para el caso de actuaciones en el sistema de control flotante de presión de condensación, la empresa frigorista deberá aportar, además:

    • a) Declaración de que el sistema ha sido configurado para operar permanentemente en modo flotante.
    • b) Justificación técnica de que la disminución de la presión de condensación no compromete el rendimiento del sistema.
  6. 6. Declaración responsable del propietario inicial del ahorro de energía, donde se justifique fehacientemente el número de horas de funcionamiento anual en modo activo del sistema de refrigeración afectado.

  7. 7. Cuando sea preceptivo, se deberá aportar copia de la comunicación de la puesta en funcionamiento presentada en el registro habilitado.

Apartado 5 de la ficha IND210 V1.1, literal y sin las llamadas a nota; cada nota al pie va bajo su punto.

Quién prepara cada prueba

QuiénQué aporta
Titular de la instalaciónFuncionamiento de la instalación, horas activas, facturas, ayudas y antecedentes de CAE del mismo circuito.
Empresa frigorista habilitadaInforme por circuito con potencia, SEPR, temperaturas y factores, y Anexo III firmado. Con control flotante, la declaración de funcionamiento permanente y su justificación técnica.
Solicitante de emisiónFicha firmada y presentación del expediente, con dictamen favorable del verificador.
Orientación de Elumen para preparar el expediente. La lista de requisitos documentales es la de la ficha oficial, reproducida arriba.

Qué es cada papel, quién lo prepara y en qué orden se reúnen está en la guía de la documentación del CAE.

Documentos y modelos oficiales

El Anexo II trae las tablas del factor de demanda y del factor climático; el Anexo III, el informe justificativo de la central frigorífica. La declaración de ayudas es el modelo común del catálogo.

De tu obra al cobro

En resumen

Elumen revisa tu obra y prepara el cálculo y la documentación. Un verificador acreditado comprueba el ahorro. La energética, como sujeto obligado, presenta la solicitud de emisión ante la Administración. La compensación por ceder el ahorro se acuerda en el contrato, incluido su momento de pago.

Por qué manos pasa una IND210Vista ilustrativa · sin datos reales
  1. Tu obra· TúCondensación a menor presión en una instalación existente
  2. Cálculo del ahorro· ElumenCon la fórmula oficial de la ficha
  3. Dictamen· VerificadorEntidad acreditada por ENAC
  4. Inscripción· AdministraciónRegistro Nacional de certificados
  5. Pago por la cesión· EnergéticaLo paga quien compra tu ahorro

Qué enviarnos para empezar

Para revisar el encaje, cuéntanos estos datos y qué documentos tienes. No necesitas calcular los CAE por tu cuenta.

  • Qué mejora es: control flotante, más superficie de condensador o recuperación de calor.
  • Esquema de los circuitos afectados, temperaturas de servicio, potencia, refrigerante y horas disponibles.
  • SEPR anterior y posterior si los tienes, registros de temperatura y presión y antecedentes de CAE del mismo circuito.
  • Proyecto o memoria, facturas o presupuesto, fechas y ayudas de la actuación.
Pide la revisión de tu actuación

Cuánto tarda cada paso, y cuál es el que alarga el expediente, está en los plazos del CAE.

Preguntas frecuentes

¿Bajar a mano una consigna permite tramitar la IND210?
No por sí solo. La modalidad de control flotante exige funcionamiento permanente, parámetros protegidos contra modificaciones y las pruebas técnicas del apartado 5: registros de sensores, declaración del frigorista y justificación de que el rendimiento no se compromete.
¿La ficha incluye el calor que recupero para otro proceso?
No. La IND210 excluye de su cálculo el ahorro del calor recuperado que se aprovecha en otro proceso o se vende a un tercero. Mide la mejora del circuito frigorífico por la bajada de la presión de condensación.
¿Qué pasa si el circuito ya obtuvo CAE?
La ficha obliga a usar como SEPR anterior el valor oficialmente verificado en la actuación previa del mismo circuito. Hay que aportar ese antecedente para fijar la situación de partida.
¿Puedo sumar cualquier circuito de la instalación?
No. La suma se limita a los circuitos independientes afectados; la ficha no considera independientes los sistemas en cascada, doble salto o condensados por otro circuito frigorífico.
¿Las horas de apertura del establecimiento son las horas del cálculo?
No. Hay que justificar horas de funcionamiento activo con la tabla de servicios del Anexo III. El criterio 25-12.01 las define como aquellas en las que el compresor produce frío de modo activo, sin contar el free-cooling.
¿Cuánto se cobra por una mejora de condensación?
La ficha expresa el ahorro en kWh/año y no fija un importe. La compensación por la cesión de ese ahorro se acuerda después de revisar la documentación y la oferta.
¿Qué versión de la IND210 está vigente?
La V1.1, la que publica el catálogo del MITECO aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio. Comprobamos el catálogo entero contra el Ministerio el 30 de septiembre de 2026; si la ficha se reedita, manda la versión vigente el día de la solicitud.

Texto de la ficha leído de su PDF (V1.1) el 2 de octubre de 2026; documentos del catálogo comprobados contra el MITECO el 30 de septiembre de 2026. La versión que manda es la publicada allí. Catálogo aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.

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