Ficha CAE · Residencial · V1.1
Ficha RES060: cambiar la caldera por una bomba de calor
Si cambias una caldera de gas o gasóleo por aerotermia u otra bomba de calor eléctrica en tu vivienda, puedes obtener una compensación por el ahorro energético. La ficha RES060 define qué obras encajan, cómo se calcula el ahorro y qué documentos necesitas para certificarlo.
Índice de la guía
Qué es la ficha RES060
En resumen
La ficha RES060 del MITECO permite calcular el ahorro de energía final al sustituir una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica para calefacción y/o agua caliente sanitaria en un edificio de uso residencial privado. Incluye aerotermia, geotermia e hidrotermia. Cada kWh de ahorro anual certificado equivale a un CAE; su emisión requiere un expediente y un dictamen favorable de verificación.
La ficha define a qué obras se aplica, sus requisitos, cómo se justifica el ahorro y qué documentos hay que presentar. La estructura y los anexos cambian según la actuación. Pulsa cada una para verla en la ficha.
- La publica el Ministerio y la cambia por resolución en el BOE; manda la versión vigente el día de la solicitud. Es la del catálogo, comprobado el 30 de septiembre de 2026.
- En un edificio de uso residencial privado y con el compresor eléctrico. Qué entra y qué no.
- La demanda anterior a la obra, por lo que deja de gastarse al cambiar de equipo. El verificador la rehace con tus datos. La fórmula.
- Lo que hay que presentar viene escrito, y los anexos traen los casos especiales y las tablas. Es lo que se prepara contigo. Los papeles.
RES060: Sustitución de caldera de combustión por una bomba de calor de accionamiento eléctrico
- Código
- RES060
- Versión
- V1.1
- Sector
- Residencial
1. Ámbito de aplicación
«Sustitución de la caldera de combustión en un edificio de uso residencial privado por una bomba de calor de accionamiento eléctrico […] para calefacción y/o agua caliente sanitaria (ACS). La actuación no afecta a los elementos terminales que configuran la instalación térmica.»
2. Requisitos · …
3. Cálculo del ahorro de energía
«El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en kWh/año».
4. Resultado del cálculo · …
5. Documentación para justificar los ahorros
- 1La ficha, firmada por quien solicita el CAE
- 2Declaración de ayudas públicas (Anexo I)
- 3Facturas de la inversión, con el detalle de los equipos
- 4Fotos de la instalación antes y después
- 5Certificado del instalador con los valores de la fórmula
- 6Comunicación de puesta en funcionamiento
- 7Certificado energético final, registrado
Resumen de los siete puntos del apartado.
Y 5 anexos aparte
- Anexo IICasos donde la caldera de combustión se mantiene para situaciones de emergencia, fortuita o de respaldo cuando las condiciones climáticas lo requieran en las zonas climáticas D1, D2, D3 Y E1
- Anexo IIIEquivalencias climas CTE y zonas climáticas europeas, en calefacción
- Anexo IVFórmulas para obtener los coeficientes de rendimiento estacional sobre energía final en calefacción (SCOP) o ACS (SCOPdhw), para bombas de calor de accionamiento eléctrico
- Anexo VDocumentación técnica
- Anexo VICondiciones consideradas en ACS
La RES060 en una tabla
| Campo | Valor |
|---|---|
| Código | RES060 |
| Denominación oficial | Sustitución de caldera de combustión por una bomba de calor de accionamiento eléctrico |
| Versión | V1.1 |
| Sector | Residencial |
| Qué certifica | Ahorro anual de energía final, en kWh. Un CAE por kWh. |
| Documentos que pide | 7, en su apartado 5 |
| Documentos asociados descargables | 5, además de los modelos comunes |
| Mínimo por solicitud, no por actuación | 30.000 kWh de ahorro anual, agrupando actuaciones si hace falta. Excepto Ceuta y Melilla. |
| Calculadora pública | Sí, con su fórmula |
Del PDF de la ficha (V1.1) y del catálogo del MITECO, comprobado el 30 de septiembre de 2026. Unidad del CAE: RD 36/2023, art. 8.2; mínimo por solicitud: Orden TED/815/2023, art. 14.6.
A qué obras se aplica
En resumen
A la sustitución de una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica, para calefacción, agua caliente o las dos, en una vivienda o un edificio de viviendas. Valen los tipos aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua y tierra-aire; no valen las bombas de calor de compresor accionado térmicamente.
Entra
- Se sustituye una caldera de combustión por una bomba de calor de accionamiento eléctrico.
- Bomba de calor aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua o tierra-aire.
- Para calefacción, agua caliente sanitaria o las dos.
- En un edificio de uso residencial privado, según la terminología del CTE.
No entra
- Cambiar únicamente un termo eléctrico o un aire acondicionado, sin sustituir una caldera de combustión.
- Bombas de calor con el compresor accionado térmicamente, como las de absorción.
Depende
- Cambiar también los radiadores u otros elementos terminales: la actuación descrita en RES060 no afecta a estos elementos; hay que revisar el alcance de la obra.
- Dejar la caldera de respaldo: solo en las zonas D1, D2, D3 y E1, y con condiciones.
Apartado 1 · Ámbito de aplicación
Texto literal de la ficha«Sustitución de la caldera de combustión en un edificio de uso residencial privado por una bomba de calor de accionamiento eléctrico tipo aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua o tierra-aire para calefacción y/o agua caliente sanitaria (ACS). La actuación no afecta a los elementos terminales que configuran la instalación térmica.»
«No son aplicables las bombas de calor cuyo compresor esté accionados térmicamente.»
Qué requisitos pone
La ficha establece: «Esta ficha no establece requisitos específicos, lo que en ningún caso exonera del cumplimiento de los requisitos de obligado cumplimiento establecidos en la normativa vigente». También cita tres normas:
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
- Código Técnico de Edificación (CTE).
- Reglamento (UE) n.º 517/2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero.
Además de cumplir el ámbito y los requisitos de la ficha, la actuación debe respetar la normativa aplicable y justificar el ahorro con sus documentos.
Si la caldera se queda de respaldo
La ficha lo prevé en un anexo propio, el Anexo II, y solo para las zonas climáticas D1, D2, D3 y E1: allí se puede mantener la caldera como respaldo para puntas infrecuentes de demanda si la potencia térmica de la bomba de calor supera el 35 % de la carga de diseño. En ese caso el ahorro no se calcula sobre la demanda completa, sino sobre la parte que se espera que cubra la bomba de calor.
En el resto de casos hay que probar que la sustitución fue total: que la caldera se retiró y se llevó al punto limpio, o que quedó condenada e inhabilitada aunque siga en su sitio.
Cómo se calcula el ahorro
En resumen
Con la demanda de calefacción y de agua caliente del certificado energético anterior a la obra, multiplicada por lo que deja de gastarse al cambiar de equipo: 1/η de la caldera menos 1/SCOP de la bomba de calor. Sale en kWh de energía final al año, y cada kWh es un CAE.
Apartado 3 · Cálculo del ahorro de energía
En kWh de energía final al añoLas variables de la fórmula
| Variable | Qué es | De dónde sale |
|---|---|---|
| FP | Factor de ponderación: ajusta la demanda estimada al consumo real | 1, fijado por la ficha |
| DCAL | Demanda de calefacción, en kWh/m²·año | El certificado energético anterior a la obra |
| S | Superficie útil habitable, en m² | La de la vivienda o el edificio |
| DACS | Demanda de agua caliente sanitaria, en kWh/año | El certificado energético anterior a la obra |
| ηi | Rendimiento de la caldera retirada, referido al poder calorífico superior | 0,92, o el valor de la última inspección |
| SCOPbdc | Rendimiento estacional de la bomba de calor en calefacción | El fabricante, a la temperatura de impulsión que necesita la instalación |
| SCOPdhw | Rendimiento estacional de la bomba de calor en agua caliente | El fabricante, en las condiciones de los anexos de ACS |
| AETOTAL | Ahorro anual de energía final, en kWh | El resultado: un CAE por kWh |
Apartado 3 de la ficha RES060 V1.1 y sus anexos. El factor de ponderación y el rendimiento por defecto salen del motor de cálculo de Elumen, que los lee de la misma ficha.
Qué cambia el ahorro y qué hay que justificar
Qué cambia el ahorro
El SCOP a la temperatura de impulsión que necesita la instalación. Comprueba las condiciones del dato del fabricante: no se puede usar el rendimiento de baja temperatura si tus emisores necesitan otra temperatura.
La prueba que necesitas
Justificar la demanda energética del estado previo. La fórmula usa los datos anteriores a la obra; el archivo de la herramienta de certificación facilita comprobarlos. No sustituye al certificado registrado que pide la ficha ni es un requisito literal adicional de su apartado 5.
Lo que verás publicado y la ficha no dice
En resumen
Conviene distinguir los requisitos de la RES060 de las condiciones generales del sistema CAE y de las condiciones de una oferta comercial. Aquí van seis, cada una con el apartado de la ficha donde se comprueba.
Se leeLa caldera que se quita tiene que tener al menos diez años.
La fichaNo pone ninguna antigüedad mínima. Su apartado de requisitos dice: «Esta ficha no establece requisitos específicos».
Dónde mirarlo: apartado 2
Se leeLa bomba de calor necesita un SCOP mínimo de 3,5, o de 4 si es geotérmica.
La fichaNo fija un SCOP mínimo propio: el SCOP entra en la fórmula, y el equipo tiene que cumplir los mínimos del reglamento de ecodiseño que le corresponda.
Dónde mirarlo: apartado 3 y anexo de documentación técnica (Anexo V)
Se leeCubre la calefacción y también la refrigeración.
La fichaCubre calefacción y/o agua caliente sanitaria. La fórmula no tiene ningún término de refrigeración.
Dónde mirarlo: apartados 1 y 3
Se leeEl ahorro se cuenta en energía primaria.
La fichaSe cuenta en energía final, «expresada en kWh/año».
Dónde mirarlo: apartado 3
Se leeVale también para cambiar un aire acondicionado o un termo eléctrico.
La fichaLo que se sustituye tiene que ser una caldera de combustión. Un aire acondicionado o un termo eléctrico no lo son.
Dónde mirarlo: apartado 1
Se leeEs acumulable con cualquier ayuda pública.
La fichaHay que declarar las ayudas de la misma obra. Las pagadas por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética no admiten CAE, y con las demás hay que justificar el efecto incentivador.
Dónde mirarlo: documento 2 de la ficha; Orden TED/815/2023, art. 14.8; RD 36/2023, art. 13.1
Qué documentos pide
En resumen
La RES060 pide siete documentos: ficha firmada, declaración de ayudas, facturas, fotos antes y después, certificado del instalador, comunicación de puesta en funcionamiento y certificado energético registrado. Para este último admite el certificado final o el del estado previo que incluya la actuación como mejora. Reúne también los datos técnicos necesarios para justificar la fórmula.
| Nº | Lo que pide la ficha |
|---|---|
| 1 | Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE. |
| 2 | Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación de ahorro de energía según el modelo del Anexo I de esta ficha. |
| 3 | Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro).Nota de la ficha: Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria. |
| 4 | Informe fotográfico de la instalación térmica antes y después de la actuación. |
| 5 | Certificado de la instalación de la empresa instaladora donde se detallen los valores de las variables de la fórmula de cálculo del ahorro de energía del apartado 3. |
| 6 | Copia de la comunicación de puesta en funcionamiento de la instalación térmica, no industrial, presentada en el registro habilitado por el órgano competente de la comunidad autónoma.Nota de la ficha: Si la potencia no es superior a 70 kW, podrá sustituirse la comunicación por el acta de puesta en servicio, si la instalación térmica ya está inscrita en el registro habilitado y la sustitución es total no parcial de la caldera. |
| 7 | Certificado final de eficiencia energética del edificio con el justificante de registro. Alternativamente se admitirá el certificado correspondiente al estado previo justo antes del inicio de la actuación, con el justificante de registro, y que incluya como mejora la actuación objeto del ahorro energético.Nota de la ficha: Para la elaboración del certificado se debe emplear una herramienta informática de las registradas como documentos reconocidos para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. |
Apartado 5 de la ficha RES060 V1.1, literal y sin las llamadas a nota; cada nota al pie va bajo su punto.
Qué es cada papel, quién lo prepara y en qué orden se reúnen está en la guía de la documentación del CAE.
Documentos y modelos oficiales
La RES060 tiene cinco anexos descargables, además del modelo de declaración de ayudas. Consulta sus títulos: la numeración de algunas notas del PDF no coincide con la de los anexos publicados.
- Modelo de declaración de ayudas públicas (Anexo I, publicado como modelo común).
- Anexo II: Casos donde la caldera de combustión se mantiene para situaciones de emergencia, fortuita o de respaldo cuando las condiciones climáticas lo requieran en las zonas climáticas D1, D2, D3 Y E1 (PDF).
- Anexo III: Equivalencias climas CTE y zonas climáticas europeas, en calefacción (PDF).
- Anexo IV: Fórmulas para obtener los coeficientes de rendimiento estacional sobre energía final en calefacción (SCOP) o ACS (SCOPdhw), para bombas de calor de accionamiento eléctrico (PDF).
- Anexo V: Documentación técnica (PDF).
- Anexo VI: Condiciones consideradas en ACS (PDF).
De tu obra al cobro
En resumen
Elumen revisa tu obra y prepara el cálculo y la documentación. Un verificador acreditado comprueba el ahorro. La energética, como sujeto obligado, presenta la solicitud de emisión ante la Administración. La compensación por ceder el ahorro se acuerda en el contrato, incluido su momento de pago.
- Tu obra· TúCaldera cambiada por bomba de calorHecha
- Cálculo del ahorro· ElumenCon la fórmula oficial de la fichacifra que aparece en el documento real
- DictamenEntidad acreditada por ENACFavorable
- Inscripción· AdministraciónRegistro Nacional de certificadosInscrito
- Pago por la cesión· EnergéticaLo paga quien compra tu ahorrocifra que aparece en el documento real
Cuánto tarda cada paso, y cuál es el que alarga el expediente, está en los plazos del CAE.
Un expediente real, con la cuenta
En resumen
Una vivienda de 126 m² cuyo certificado anterior daba una demanda de calefacción de 69,6 kWh/m²·año y 2.762 kWh/año de agua caliente cambió una caldera de rendimiento 0,83 por una bomba de calor de SCOP 4,47 (4,3 en agua caliente). El dictamen le reconoce 11.289 kWh de ahorro al año: 11.289 CAE, entre 1.290 y 1.590 € a la media del Ministerio.
Sola no llega a los 30.000 kWh que pide una solicitud, así que se presenta agrupada con otras obras del mismo año y comunidad autónoma. Abajo están los cuatro expedientes, con la cuenta hecha por el mismo motor que la calculadora, y una pestaña para probar con tus datos.

- Superficie útil
- 126,00 m²
- Demanda de calefacción
- 69,6 kWh/m²·año
- Caldera que se quitó
- η 0,83
- SCOP de la bomba de calor
- 4,47
- Agua caliente
- 2.762 kWh/año
- SCOP del agua caliente
- 4,30
- Ahorro en calefacción
- 8.604 kWh
- Ahorro en agua caliente
- 2.685 kWh
- Ahorro anual = certificados
- 11.289 CAE
- A la media del Ministerio
- 1.290–1.590 €
- Al equivalente financiero oficial
- 2.240 €
No llega solo al mínimo: le faltan 18.711 kWh
Se presenta agrupado con otras obras del mismo año y comunidad.
Preguntas frecuentes
¿Necesita mi vivienda un ahorro mínimo para obtener CAE?
¿Cuántos CAE da cambiar la caldera por una bomba de calor?
¿Quién solicita los CAE y cómo se acuerda la compensación?
¿La ficha RES060 sirve para la aerotermia?
¿Qué certificado energético hace falta, el de antes o el de después de la obra?
¿Puedo dejar la caldera vieja como respaldo?
¿De dónde sale el SCOP de la bomba de calor?
¿Es compatible con una subvención?
¿Qué versión de la RES060 está vigente?
Texto de la ficha leído de su PDF (V1.1) el 1 de octubre de 2026; documentos del catálogo comprobados contra el MITECO el 30 de septiembre de 2026. La versión que manda es la publicada allí. Catálogo aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.
Quién firma esta ficha
El equipo de Elumen
Consultores energéticos independientes
El equipo de Elumen explica la RES060 a partir de su PDF oficial y sus anexos. Los casos anonimizados de esta página se calculan con el motor contrastado con sus dictámenes. Revisamos el encaje y la documentación de cada obra antes de proponer su tramitación.
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