Ficha CAE · Industrial · V1.1

Ficha IND240: variadores de velocidad y ahorro eléctrico

Actualizado el 2 de octubre de 202611 min de lectura

Añadir un variador de velocidad puede ahorrar electricidad cuando permite adaptar un equipo a la demanda. La IND240 se limita a determinados sistemas dinámicos existentes y exige demostrar el funcionamiento anterior y posterior con registros.

Qué es la ficha IND240

En resumen

La IND240 es la ficha CAE para incorporar un variador de velocidad a un motor eléctrico existente de un sistema dinámico que operaba en régimen constante sin mecanismos de modulación según la demanda. Incluye bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores dinámicos de los tipos indicados. Exige registros inalterables que acrediten la reducción de velocidad y potencia, conservando el desempeño del proceso.

La ficha define a qué obras se aplica, sus requisitos, cómo se justifica el ahorro y qué documentos hay que presentar. La estructura y los anexos cambian según la actuación. Pulsa cada una para verla en la ficha.

  1. La publica el Ministerio y la cambia por resolución en el BOE; manda la versión vigente el día de la solicitud. Es la del catálogo, comprobado el 30 de septiembre de 2026.
  2. Bombas, ventiladores y compresores dinámicos que giraban a velocidad constante, con registros de su funcionamiento. Qué entra y qué no.
  3. Potencia del motor, velocidad antes y después, pérdidas del variador y horas justificadas, motor a motor. La fórmula.
  4. La prueba que decide es el certificado del instalador, con al menos 30 días de registro del nuevo punto. Los papeles.

IND240: Implantación de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente para sistemas dinámicos sin modulación

Código
IND240
Versión
V1.1
Sector
Industrial

1. Ámbito de aplicación

«Instalación y puesta en funcionamiento de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente, que opera en régimen constante y sin mecanismos de modulación de velocidad en función de la demanda […]. Esta medida se aplica únicamente a equipos de tipo dinámico […].»

2. Requisitos

«[…] se debe contar con un registro inalterable con datos fehacientes de los parámetros de funcionamiento del sistema, necesarios para el cálculo del ahorro. […]»

3. Cálculo del ahorro de energía

Varios motores del mismo establecimiento

«El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en kWh/año».

4. Resultado del cálculo · …

5. Documentación para justificar los ahorros

  1. 1La ficha, firmada por quien solicita el CAE
  2. 2Declaración de ayudas públicas (Anexo I)
  3. 3Facturas con el detalle de los equipos
  4. 4Fotos del motor antes y después
  5. 5Certificado del instalador, con 30 días de registro

Resumen de los cinco puntos del apartado.

La IND240 en una tabla

CampoValor
CódigoIND240
Denominación oficialImplantación de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente para sistemas dinámicos sin modulación
VersiónV1.1
SectorIndustrial
Qué certificaAhorro anual de energía final, en kWh. Un CAE por kWh.
Documentos que pide5, en su apartado 5
Documentos asociados descargablesNinguno aparte: el método, sus notas y la documentación van en la propia ficha, más los modelos comunes del catálogo
Mínimo por solicitud, no por actuación30.000 kWh de ahorro anual, agrupando actuaciones si hace falta. Excepto Ceuta y Melilla.

Del PDF de la ficha (V1.1) y del catálogo del MITECO, comprobado el 30 de septiembre de 2026. Unidad del CAE: RD 36/2023, art. 8.2; mínimo por solicitud: Orden TED/815/2023, art. 14.6.

A qué obras se aplica

En resumen

A instalar un variador en un equipo dinámico existente admitido por la ficha. El equipo debe tener demanda variable y cumplir las condiciones del funcionamiento previo; comprar un variador o un conjunto nuevo no acredita por sí solo el encaje.

La diferencia entre un equipo dinámico y uno de desplazamiento positivo cambia el método aplicable. La placa y la ficha técnica permiten identificarlo antes de preparar el expediente. Un compresor de tornillo no entra en IND240 por añadirle un variador.

La ficha también exige mantener el nivel de desempeño. Los registros posteriores deben representar el funcionamiento normal del proceso, no solo una prueba a carga o velocidad especialmente bajas.

Entra

  • Motor eléctrico existente en un sistema dinámico admitido.
  • Bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores centrífugos o axiales que cumplan el ámbito.
  • Operación previa constante y sin mecanismos de modulación según la demanda; registros para acreditar la mejora.

No entra

  • Conjuntos nuevos con variador incorporado o sustitución total o parcial del equipo existente.
  • Bombas y compresores de desplazamiento positivo, como los de pistón o tornillo.
  • Modulación previa según la demanda, como control ON/OFF, parada automática o regulación mecánica: está fuera del régimen previo definido por esta ficha.

Apartado 1 · Ámbito de aplicación

Texto literal de la ficha

«Instalación y puesta en funcionamiento de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente, que opera en régimen constante y sin mecanismos de modulación de velocidad en función de la demanda (como control ON/OFF, parada automática o sistemas mecánicos de regulación). El objetivo de la actuación es adaptar el par motor a procesos industriales con demanda variable, con el mismo nivel de desempeño.»

«Esta medida se aplica únicamente a equipos de tipo dinámico (es decir, aquellos cuyo funcionamiento se basa en la generación de caudal mediante la velocidad de rotación, como bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores centrífugos o axiales), en los que la carga mecánica varía de forma continua y proporcional a la velocidad.»

«A modo ejemplo, los siguientes:»

«• Bombas dinámicas o cinéticas»

«• Ventiladores (axiales o radiales).»

«• Compresores dinámicos (centrífugos y axiales).»

«Y, por lo tanto, quedan excluidos del ámbito de aplicación:»

«• La instalación o sustitución de equipos completos por otros que lleven incorporado el variador de velocidad al motor.»

«• Actuaciones que supongan sustitución total o parcial del equipo existente.»

«• La instalación de variadores de velocidad en bombas o compresores con desplazamiento positivo o volumétrico, como aquellos de pistón, veleta, rotador o tornillo.»

Literal de la ficha IND240 V1.1, sin las llamadas a nota. Leído el 2 de octubre de 2026.

Qué requisitos pone

La ficha establece: «Además de la necesidad de justificar que se actúa exclusivamente sobre sistemas rotodinámicos, se debe contar con un registro inalterable con datos fehacientes de los parámetros de funcionamiento del sistema, necesarios para el cálculo del ahorro. Estos registros deben acreditar la reducción de la velocidad de giro del motor y por ende la potencia mecánica en el eje del motor».

Además de cumplir el ámbito y los requisitos de la ficha, la actuación debe respetar la normativa aplicable y justificar el ahorro con sus documentos.

Cómo se calcula el ahorro

En resumen

El ahorro de cada motor combina su potencia nominal, la relación cúbica entre velocidades antes y después, las pérdidas del variador y las horas justificadas. Para varios motores independientes del mismo establecimiento se agregan los ahorros que cumplan el método.

Apartado 3 · Cálculo del ahorro de energía

En kWh de energía final al año
Varios motores del mismo establecimiento

La fórmula eleva al cubo la relación de velocidades: una reducción moderada de la velocidad media se traduce en una reducción mayor de la potencia. Por eso la ficha se limita a equipos dinámicos, en los que, según su ámbito, la carga mecánica varía de forma continua y proporcional a la velocidad.

N1 es la velocidad constante anterior sin variador y N2 la velocidad media anual del nuevo punto de funcionamiento. No se utiliza la velocidad mínima que permita programar el equipo ni una medición aislada especialmente favorable.

La nota 1 y el documento 5 exigen al menos 30 días de registros de funcionamiento normal para acreditar el nuevo punto, con certificado de la empresa instaladora. El apartado 2 pide que el registro sea inalterable y contenga datos fehacientes.

Las horas requieren prueba durante un periodo representativo. Si las horas anteriores y posteriores difieren, la nota 2 indica utilizar el menor valor. El resultado del apartado 4 se consigna variador a variador, con su número de serie, antes de sumar el total.

Qué datos hay que justificar

DatoQué representa y de dónde sale
PMPotencia nominal de salida del motor sin variador, en kWFuente: Ficha técnica del equipo
N1Velocidad constante del motor antes de la actuación, en rpmFuente: Datos y evidencia del funcionamiento anterior
N2Velocidad media anual en el nuevo punto de funcionamiento, en rpmFuente: Registro de al menos 30 días y certificado del instalador
hHoras anuales justificadas; el menor valor si antes y después difierenFuente: Prueba durante un periodo representativo
pPérdidas del variador, con sus unidades comprobadasFuente: Referencia del Reglamento (UE) 2019/1781 que cita la ficha

Explicación de Elumen a partir del apartado 3 de IND240 V1.1. El método completo y sus notas se consultan en el PDF oficial.

Qué cambia el ahorro y qué hay que justificar

  • Qué cambia el ahorro

    La relación entre la velocidad constante anterior y la velocidad media posterior, las pérdidas del variador y las horas justificadas. La relación cúbica solo se aplica a los equipos dinámicos admitidos por IND240.

  • La prueba que necesitas

    Registros inalterables que acrediten la reducción de velocidad y potencia, con al menos 30 días de funcionamiento normal para el nuevo punto y certificado del instalador. Las horas se justifican sobre un periodo representativo.

Qué documentos pide

En resumen

La IND240 pide cinco grupos en el apartado 5: ficha firmada, declaración de ayudas, facturas, fotos del motor y certificado de la empresa instaladora. Este certificado incorpora los datos del funcionamiento anterior y posterior, acreditados con al menos 30 días de registro normal del proceso.

NºLo que pide la ficha
1Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE.
2Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación de ahorro de energía según el modelo del Anexo I de esta ficha.
3Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro).Nota de la ficha: Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.
4Informe fotográfico del motor en el estado anterior y posterior a la actuación, que permita verificar visualmente los cambios realizados.
5Certificado de la empresa instaladora que justifique los siguientes datos, conforme a la ficha técnica de los equipos: a) Potencia nominal de salida del motor y velocidad de giro del motor en carga nominal, sin variador de velocidad, según ficha técnica. b) Potencia promedio del motor y su velocidad de giro correspondiente, en su nuevo punto de funcionamiento con variador de velocidad, acreditada con registro de al menos 30 días de funcionamiento normal del proceso industrial al que está acoplado al motor.Nota de la ficha: En el caso de que la instalación la realice personal propio de la plantilla de la empresa, se deberá aportar adicionalmente el correspondiente certificado del técnico competente en la materia.

Apartado 5 de la ficha IND240 V1.1, literal y sin las llamadas a nota; cada nota al pie va bajo su punto.

Quién prepara cada prueba

QuiénQué aporta
Titular industrialIdentificación del motor, facturas, ayudas y conservación de los registros inalterables de operación.
Empresa instaladoraCertificado con potencia y velocidad antes y después, relacionado con los registros exigidos.
Técnico competenteCertificado adicional cuando la instalación la ejecuta personal propio de la empresa, según la nota 6.
Solicitante de emisiónFicha firmada y pruebas del expediente para su emisión tras la verificación favorable.

Orientación de Elumen para preparar el expediente. La lista de requisitos documentales es la de la ficha oficial, reproducida arriba.

Qué es cada papel, quién lo prepara y en qué orden se reúnen está en la guía de la documentación del CAE.

Documentos y modelos oficiales

La ficha principal incluye el método, sus notas y la documentación. Consulta el modelo de declaración de ayudas separado del catálogo; los datos de cada motor y sus registros deben relacionarse con la actuación.

De tu obra al cobro

En resumen

Elumen revisa tu obra y prepara el cálculo y la documentación. Un verificador acreditado comprueba el ahorro. La energética, como sujeto obligado, presenta la solicitud de emisión ante la Administración. La compensación por ceder el ahorro se acuerda en el contrato, incluido su momento de pago.

Por qué manos pasa una IND240Vista ilustrativa · sin datos reales
  1. Tu obra· TúVariador instalado en un motor existente
  2. Cálculo del ahorro· ElumenCon la fórmula oficial de la ficha
  3. Dictamen· VerificadorEntidad acreditada por ENAC
  4. Inscripción· AdministraciónRegistro Nacional de certificados
  5. Pago por la cesión· EnergéticaLo paga quien compra tu ahorro

Qué enviarnos para empezar

Para revisar el encaje, cuéntanos estos datos y qué documentos tienes. No necesitas calcular los CAE por tu cuenta.

  • Ubicación, proceso y fecha prevista o de ejecución.
  • Placa y ficha técnica del motor y del equipo al que está acoplado.
  • Cómo se regulaba antes y cómo se conservarán o se han conservado los registros posteriores.
Pide la revisión de tu actuación

Cuánto tarda cada paso, y cuál es el que alarga el expediente, está en los plazos del CAE.

Preguntas frecuentes

¿Sirve cualquier variador de frecuencia?
No. Depende del tipo de equipo, de su funcionamiento anterior y del alcance de la intervención. IND240 se limita a los sistemas dinámicos existentes incluidos en su ámbito.
¿Sirve para un compresor de tornillo?
No para esta ficha. Los equipos de desplazamiento positivo, como los compresores de tornillo o pistón, están excluidos expresamente del ámbito de IND240.
¿Basta una medición de un día?
No. El nuevo punto de funcionamiento debe acreditarse con al menos 30 días de funcionamiento normal y el certificado correspondiente. El apartado 2 exige registros inalterables y fehacientes.
¿Qué pasa si las horas cambian tras instalar el variador?
Deben justificarse ambas situaciones con un periodo representativo. La nota 2 indica utilizar el menor valor cuando las horas anteriores y posteriores no coinciden.
¿Se pueden incluir varios motores?
La ficha permite agregar los ahorros de motores independientes del mismo establecimiento. Cada uno debe cumplir el ámbito y tener sus variables y pruebas justificadas; no se extrapola una medición a todos automáticamente.
¿Y si lo instala el personal de mi empresa?
La nota 6 exige aportar adicionalmente el certificado del técnico competente. La instalación con medios propios no elimina los registros ni el resto de documentación.
¿Qué versión de la IND240 está vigente?
La V1.1, la que publica el catálogo del MITECO aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio. Comprobamos el catálogo entero contra el Ministerio el 30 de septiembre de 2026; si la ficha se reedita, manda la versión vigente el día de la solicitud.

Texto de la ficha leído de su PDF (V1.1) el 2 de octubre de 2026; documentos del catálogo comprobados contra el MITECO el 30 de septiembre de 2026. La versión que manda es la publicada allí. Catálogo aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.

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