Ficha CAE · Industrial · V1.1
Ficha IND240: variadores de velocidad y ahorro eléctrico
Añadir un variador de velocidad puede ahorrar electricidad cuando permite adaptar un equipo a la demanda. La IND240 se limita a determinados sistemas dinámicos existentes y exige demostrar el funcionamiento anterior y posterior con registros.
Índice de la guía
Qué es la ficha IND240
En resumen
La IND240 es la ficha CAE para incorporar un variador de velocidad a un motor eléctrico existente de un sistema dinámico que operaba en régimen constante sin mecanismos de modulación según la demanda. Incluye bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores dinámicos de los tipos indicados. Exige registros inalterables que acrediten la reducción de velocidad y potencia, conservando el desempeño del proceso.
La ficha define a qué obras se aplica, sus requisitos, cómo se justifica el ahorro y qué documentos hay que presentar. La estructura y los anexos cambian según la actuación. Pulsa cada una para verla en la ficha.
- La publica el Ministerio y la cambia por resolución en el BOE; manda la versión vigente el día de la solicitud. Es la del catálogo, comprobado el 30 de septiembre de 2026.
- Bombas, ventiladores y compresores dinámicos que giraban a velocidad constante, con registros de su funcionamiento. Qué entra y qué no.
- Potencia del motor, velocidad antes y después, pérdidas del variador y horas justificadas, motor a motor. La fórmula.
- La prueba que decide es el certificado del instalador, con al menos 30 días de registro del nuevo punto. Los papeles.
IND240: Implantación de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente para sistemas dinámicos sin modulación
- Código
- IND240
- Versión
- V1.1
- Sector
- Industrial
1. Ámbito de aplicación
«Instalación y puesta en funcionamiento de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente, que opera en régimen constante y sin mecanismos de modulación de velocidad en función de la demanda […]. Esta medida se aplica únicamente a equipos de tipo dinámico […].»
2. Requisitos
«[…] se debe contar con un registro inalterable con datos fehacientes de los parámetros de funcionamiento del sistema, necesarios para el cálculo del ahorro. […]»
3. Cálculo del ahorro de energía
«El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en kWh/año».
4. Resultado del cálculo · …
5. Documentación para justificar los ahorros
- 1La ficha, firmada por quien solicita el CAE
- 2Declaración de ayudas públicas (Anexo I)
- 3Facturas con el detalle de los equipos
- 4Fotos del motor antes y después
- 5Certificado del instalador, con 30 días de registro
Resumen de los cinco puntos del apartado.
La IND240 en una tabla
| Campo | Valor |
|---|---|
| Código | IND240 |
| Denominación oficial | Implantación de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente para sistemas dinámicos sin modulación |
| Versión | V1.1 |
| Sector | Industrial |
| Qué certifica | Ahorro anual de energía final, en kWh. Un CAE por kWh. |
| Documentos que pide | 5, en su apartado 5 |
| Documentos asociados descargables | Ninguno aparte: el método, sus notas y la documentación van en la propia ficha, más los modelos comunes del catálogo |
| Mínimo por solicitud, no por actuación | 30.000 kWh de ahorro anual, agrupando actuaciones si hace falta. Excepto Ceuta y Melilla. |
Del PDF de la ficha (V1.1) y del catálogo del MITECO, comprobado el 30 de septiembre de 2026. Unidad del CAE: RD 36/2023, art. 8.2; mínimo por solicitud: Orden TED/815/2023, art. 14.6.
A qué obras se aplica
En resumen
A instalar un variador en un equipo dinámico existente admitido por la ficha. El equipo debe tener demanda variable y cumplir las condiciones del funcionamiento previo; comprar un variador o un conjunto nuevo no acredita por sí solo el encaje.
La diferencia entre un equipo dinámico y uno de desplazamiento positivo cambia el método aplicable. La placa y la ficha técnica permiten identificarlo antes de preparar el expediente. Un compresor de tornillo no entra en IND240 por añadirle un variador.
La ficha también exige mantener el nivel de desempeño. Los registros posteriores deben representar el funcionamiento normal del proceso, no solo una prueba a carga o velocidad especialmente bajas.
Entra
- Motor eléctrico existente en un sistema dinámico admitido.
- Bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores centrífugos o axiales que cumplan el ámbito.
- Operación previa constante y sin mecanismos de modulación según la demanda; registros para acreditar la mejora.
No entra
- Conjuntos nuevos con variador incorporado o sustitución total o parcial del equipo existente.
- Bombas y compresores de desplazamiento positivo, como los de pistón o tornillo.
- Modulación previa según la demanda, como control ON/OFF, parada automática o regulación mecánica: está fuera del régimen previo definido por esta ficha.
Apartado 1 · Ámbito de aplicación
Texto literal de la ficha«Instalación y puesta en funcionamiento de un variador de velocidad en un motor eléctrico existente, que opera en régimen constante y sin mecanismos de modulación de velocidad en función de la demanda (como control ON/OFF, parada automática o sistemas mecánicos de regulación). El objetivo de la actuación es adaptar el par motor a procesos industriales con demanda variable, con el mismo nivel de desempeño.»
«Esta medida se aplica únicamente a equipos de tipo dinámico (es decir, aquellos cuyo funcionamiento se basa en la generación de caudal mediante la velocidad de rotación, como bombas centrífugas, ventiladores axiales o radiales y compresores centrífugos o axiales), en los que la carga mecánica varía de forma continua y proporcional a la velocidad.»
«A modo ejemplo, los siguientes:»
«• Bombas dinámicas o cinéticas»
«• Ventiladores (axiales o radiales).»
«• Compresores dinámicos (centrífugos y axiales).»
«Y, por lo tanto, quedan excluidos del ámbito de aplicación:»
«• La instalación o sustitución de equipos completos por otros que lleven incorporado el variador de velocidad al motor.»
«• Actuaciones que supongan sustitución total o parcial del equipo existente.»
«• La instalación de variadores de velocidad en bombas o compresores con desplazamiento positivo o volumétrico, como aquellos de pistón, veleta, rotador o tornillo.»
Qué requisitos pone
La ficha establece: «Además de la necesidad de justificar que se actúa exclusivamente sobre sistemas rotodinámicos, se debe contar con un registro inalterable con datos fehacientes de los parámetros de funcionamiento del sistema, necesarios para el cálculo del ahorro. Estos registros deben acreditar la reducción de la velocidad de giro del motor y por ende la potencia mecánica en el eje del motor».
Además de cumplir el ámbito y los requisitos de la ficha, la actuación debe respetar la normativa aplicable y justificar el ahorro con sus documentos.
Cómo se calcula el ahorro
En resumen
El ahorro de cada motor combina su potencia nominal, la relación cúbica entre velocidades antes y después, las pérdidas del variador y las horas justificadas. Para varios motores independientes del mismo establecimiento se agregan los ahorros que cumplan el método.
Apartado 3 · Cálculo del ahorro de energía
En kWh de energía final al añoLa fórmula eleva al cubo la relación de velocidades: una reducción moderada de la velocidad media se traduce en una reducción mayor de la potencia. Por eso la ficha se limita a equipos dinámicos, en los que, según su ámbito, la carga mecánica varía de forma continua y proporcional a la velocidad.
N1 es la velocidad constante anterior sin variador y N2 la velocidad media anual del nuevo punto de funcionamiento. No se utiliza la velocidad mínima que permita programar el equipo ni una medición aislada especialmente favorable.
La nota 1 y el documento 5 exigen al menos 30 días de registros de funcionamiento normal para acreditar el nuevo punto, con certificado de la empresa instaladora. El apartado 2 pide que el registro sea inalterable y contenga datos fehacientes.
Las horas requieren prueba durante un periodo representativo. Si las horas anteriores y posteriores difieren, la nota 2 indica utilizar el menor valor. El resultado del apartado 4 se consigna variador a variador, con su número de serie, antes de sumar el total.
Qué datos hay que justificar
| Dato | Qué representa y de dónde sale |
|---|---|
| PM | Potencia nominal de salida del motor sin variador, en kWFuente: Ficha técnica del equipo |
| N1 | Velocidad constante del motor antes de la actuación, en rpmFuente: Datos y evidencia del funcionamiento anterior |
| N2 | Velocidad media anual en el nuevo punto de funcionamiento, en rpmFuente: Registro de al menos 30 días y certificado del instalador |
| h | Horas anuales justificadas; el menor valor si antes y después difierenFuente: Prueba durante un periodo representativo |
| p | Pérdidas del variador, con sus unidades comprobadasFuente: Referencia del Reglamento (UE) 2019/1781 que cita la ficha |
Explicación de Elumen a partir del apartado 3 de IND240 V1.1. El método completo y sus notas se consultan en el PDF oficial.
Qué cambia el ahorro y qué hay que justificar
Qué cambia el ahorro
La relación entre la velocidad constante anterior y la velocidad media posterior, las pérdidas del variador y las horas justificadas. La relación cúbica solo se aplica a los equipos dinámicos admitidos por IND240.
La prueba que necesitas
Registros inalterables que acrediten la reducción de velocidad y potencia, con al menos 30 días de funcionamiento normal para el nuevo punto y certificado del instalador. Las horas se justifican sobre un periodo representativo.
Qué documentos pide
En resumen
La IND240 pide cinco grupos en el apartado 5: ficha firmada, declaración de ayudas, facturas, fotos del motor y certificado de la empresa instaladora. Este certificado incorpora los datos del funcionamiento anterior y posterior, acreditados con al menos 30 días de registro normal del proceso.
| Nº | Lo que pide la ficha |
|---|---|
| 1 | Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE. |
| 2 | Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación de ahorro de energía según el modelo del Anexo I de esta ficha. |
| 3 | Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro).Nota de la ficha: Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria. |
| 4 | Informe fotográfico del motor en el estado anterior y posterior a la actuación, que permita verificar visualmente los cambios realizados. |
| 5 | Certificado de la empresa instaladora que justifique los siguientes datos, conforme a la ficha técnica de los equipos: a) Potencia nominal de salida del motor y velocidad de giro del motor en carga nominal, sin variador de velocidad, según ficha técnica. b) Potencia promedio del motor y su velocidad de giro correspondiente, en su nuevo punto de funcionamiento con variador de velocidad, acreditada con registro de al menos 30 días de funcionamiento normal del proceso industrial al que está acoplado al motor.Nota de la ficha: En el caso de que la instalación la realice personal propio de la plantilla de la empresa, se deberá aportar adicionalmente el correspondiente certificado del técnico competente en la materia. |
Apartado 5 de la ficha IND240 V1.1, literal y sin las llamadas a nota; cada nota al pie va bajo su punto.
Quién prepara cada prueba
| Quién | Qué aporta |
|---|---|
| Titular industrial | Identificación del motor, facturas, ayudas y conservación de los registros inalterables de operación. |
| Empresa instaladora | Certificado con potencia y velocidad antes y después, relacionado con los registros exigidos. |
| Técnico competente | Certificado adicional cuando la instalación la ejecuta personal propio de la empresa, según la nota 6. |
| Solicitante de emisión | Ficha firmada y pruebas del expediente para su emisión tras la verificación favorable. |
Orientación de Elumen para preparar el expediente. La lista de requisitos documentales es la de la ficha oficial, reproducida arriba.
Qué es cada papel, quién lo prepara y en qué orden se reúnen está en la guía de la documentación del CAE.
Documentos y modelos oficiales
La ficha principal incluye el método, sus notas y la documentación. Consulta el modelo de declaración de ayudas separado del catálogo; los datos de cada motor y sus registros deben relacionarse con la actuación.
- Modelo de declaración de ayudas públicas (Anexo I, publicado como modelo común).
De tu obra al cobro
En resumen
Elumen revisa tu obra y prepara el cálculo y la documentación. Un verificador acreditado comprueba el ahorro. La energética, como sujeto obligado, presenta la solicitud de emisión ante la Administración. La compensación por ceder el ahorro se acuerda en el contrato, incluido su momento de pago.
- Tu obra· TúVariador instalado en un motor existenteHecha
- Cálculo del ahorro· ElumenCon la fórmula oficial de la fichacifra que aparece en el documento real
- DictamenEntidad acreditada por ENACFavorable
- Inscripción· AdministraciónRegistro Nacional de certificadosInscrito
- Pago por la cesión· EnergéticaLo paga quien compra tu ahorrocifra que aparece en el documento real
Qué enviarnos para empezar
Para revisar el encaje, cuéntanos estos datos y qué documentos tienes. No necesitas calcular los CAE por tu cuenta.
- Ubicación, proceso y fecha prevista o de ejecución.
- Placa y ficha técnica del motor y del equipo al que está acoplado.
- Cómo se regulaba antes y cómo se conservarán o se han conservado los registros posteriores.
Cuánto tarda cada paso, y cuál es el que alarga el expediente, está en los plazos del CAE.
Preguntas frecuentes
¿Sirve cualquier variador de frecuencia?
¿Sirve para un compresor de tornillo?
¿Basta una medición de un día?
¿Qué pasa si las horas cambian tras instalar el variador?
¿Se pueden incluir varios motores?
¿Y si lo instala el personal de mi empresa?
¿Qué versión de la IND240 está vigente?
Texto de la ficha leído de su PDF (V1.1) el 2 de octubre de 2026; documentos del catálogo comprobados contra el MITECO el 30 de septiembre de 2026. La versión que manda es la publicada allí. Catálogo aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.
Quién firma esta ficha
El equipo de Elumen
Consultores energéticos independientes
El equipo de Elumen explica la IND240 a partir de su ficha oficial y sus notas de evidencia. Revisamos el equipo, el control anterior y la conservación de los registros antes de proponer un cálculo.
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