Ficha CAE · Terciario · V1.1
Ficha TER040: CAE por renovar la climatización del edificio
Renovar los equipos térmicos de un hotel, comercio u oficina puede reducir el consumo de calefacción, refrigeración, agua caliente o calentamiento de piscinas. La TER040 calcula cada servicio por separado y exige identificar los equipos que se sustituyen y la bomba de calor instalada.
Índice de la guía
Qué es la ficha TER040
En resumen
La ficha TER040 del MITECO calcula el ahorro anual de energía final al sustituir totalmente equipos de climatización, agua caliente sanitaria o calentamiento de piscinas de un edificio del sector terciario por bombas de calor de accionamiento eléctrico. Admite tecnologías aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua y tierra-aire. Separa el ahorro de calefacción, refrigeración, ACS y piscinas y suma los servicios afectados, con sus rendimientos y documentación propios.
La ficha define a qué obras se aplica, sus requisitos, cómo se justifica el ahorro y qué documentos hay que presentar. La estructura y los anexos cambian según la actuación. Pulsa cada una para verla en la ficha.
- La publica el Ministerio y la cambia por resolución en el BOE; manda la versión vigente el día de la solicitud. Es la del catálogo, comprobado el 30 de septiembre de 2026.
- De un edificio terciario, por una bomba de calor eléctrica, para climatización, ACS o piscina. Qué entra y qué no.
- Calefacción y refrigeración con potencia, rendimiento estacional y horas; ACS y piscina con su demanda. La fórmula.
- Los anexos traen los rendimientos de los equipos existentes, los climas, las conversiones y las condiciones de ACS y piscina. Los papeles.
TER040: Sustitución de generador de climatización por bomba de calor de accionamiento eléctrico
- Código
- TER040
- Versión
- V1.1
- Sector
- Terciario
1. Ámbito de aplicación
«Sustitución total del equipo o los equipos de climatización (calefacción y/o refrigeración) y/o agua caliente sanitaria (ACS) y/o calentamiento de piscinas o similares en un edificio del sector terciario […] por una bomba de calor […] accionada eléctricamente […].»
2. Requisitos · …
3. Cálculo del ahorro de energía
«El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en kWh/año».
4. Resultado del cálculo · …
5. Documentación para justificar los ahorros
- 1La ficha, firmada por quien solicita el CAE
- 2Declaración de ayudas públicas (Anexo I)
- 3Facturas con el detalle de los equipos
- 4Fotos con los equipos afectados identificados
- 5Certificado del instalador con las variables
- 6Puesta en servicio registrada, si es preceptiva
Resumen de los cinco puntos y del párrafo que los sigue.
Y 8 anexos aparte
- Anexo IICálculo del rendimiento estacional de equipos existentes en calefacción
- Anexo IIIEquivalencias climas CTE y zonas climáticas europeas
- Anexo IVFórmulas para obtener los coeficientes de rendimiento estacional sobre energía final en calefacción (SCOP), en ACS (SCOPdhw) ó el factor de eficiencia energética estacional en refrigeración (SEER)para bombas de calor en accionamiento eléctrico
- Anexo VDocumentación técnica
- Anexo VICálculo de la demanda de ACS
- Anexo VIICondiciones consideradas en ACS
- Anexo VIIICondiciones generales para cálculo del coeficiente de eficiencia estacional en lo relativo al calentamiento de agua de piscina (CAP)
- Anexo IXCondiciones de temperatura exterior (media anual) para el calentamiento de agua de piscinas (CAP) mediante bombas de calor aerotérmicas
La TER040 en una tabla
- Código
- TER040
- Denominación oficial
- Sustitución de generador de climatización por bomba de calor de accionamiento eléctrico
- Versión
- V1.1
- Sector
- Terciario
- Qué certifica
- Ahorro anual de energía final, en kWh. Un CAE por kWh.
- Documentos que pide
- 5, en su apartado 5, y un párrafo sin número tras la lista
- Documentos asociados descargables
- 8, además de los modelos comunes
- Mínimo por solicitud, no por actuación
- 30.000 kWh de ahorro anual, agrupando actuaciones si hace falta. Excepto Ceuta y Melilla.
- Dónde se publica
- PDF propio en el catálogo del MITECO
A qué obras se aplica
En resumen
A sustituir totalmente los equipos de climatización, agua caliente sanitaria o calentamiento de piscinas de un edificio terciario —hoteles, restaurantes, hospitales, centros educativos, oficinas o centros comerciales— por una bomba de calor eléctrica, sin afectar a los elementos que configuran la instalación térmica.

El uso del edificio y el alcance de la sustitución deciden el encaje: una instalación de frío para un proceso industrial se revisa con las fichas de ese sector, y una vivienda, con las del residencial.
La TER100 también sustituye por bomba de calor en edificios terciarios, pero parte de una caldera de combustión y cubre calefacción, ACS y piscina. La TER040 parte de equipos de climatización en general e incluye un cálculo de refrigeración. Hay que escoger la ficha que describe la actuación y no duplicar ahorros.
¿Entra tu obra?
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Lo que cubre la ficha
- Sustitución total del equipo o los equipos de un edificio del sector terciario.
- Bomba de calor aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua o tierra-aire accionada eléctricamente.
- Para calefacción, refrigeración, ACS o calentamiento de piscinas, cada servicio con su cálculo.
No entra
Lo que deja fuera
- Bombas de calor cuyo compresor se acciona térmicamente.
- Una vivienda o un proceso industrial: tienen sus propias fichas.
Depende
Hay que mirar tu caso
- Cambiar también otros elementos de la instalación térmica: la ficha describe una actuación que no los afecta; hay que revisar el alcance.
- Caldera de combustión por bomba de calor: comparar con la TER100 y escoger el método que describe el proyecto.
Apartado 1 · Ámbito de aplicación
Texto literal de la ficha«Sustitución total del equipo o los equipos de climatización (calefacción y/o refrigeración) y/o agua caliente sanitaria (ACS) y/o calentamiento de piscinas o similares en un edificio del sector terciario (hoteles, restaurantes, hospitales, centros educativos, bibliotecas, centros culturales, oficinas, centros comerciales etc.) por una bomba de calor tipo aire-aire, aire-agua o agua-agua, tierra-agua o tierra-aire accionada eléctricamente, no afectando la actuación a los elementos que configuran la instalación térmica.»
«No son aplicables las bombas de calor cuyo compresor esté accionado térmicamente.»
Qué requisitos pone
La ficha establece: «Esta ficha no establece requisitos específicos, lo que en ningún caso exonera del cumplimiento de los requisitos de obligado cumplimiento establecidos en la normativa vigente». También cita dos normas:
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
- Reglamento (UE) n.º 517/2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero.
Además de cumplir el ámbito y los requisitos de la ficha, la actuación debe respetar la normativa aplicable y justificar el ahorro con sus documentos.
Cómo se calcula el ahorro
En resumen
La ficha tiene cuatro cálculos, uno por servicio. En calefacción y refrigeración, la potencia nominal de cada equipo por la mejora del rendimiento estacional y por las horas a potencia nominal; en ACS y piscina, la demanda anual por la mejora del rendimiento y por un factor de ponderación. El total es la suma de los servicios afectados.
Apartados 3 y 4 · Cálculo y resultado
En kWh de energía final al añoSolo entran los servicios que la actuación afecta y que se pueden justificar. El SCOP de calefacción, el SEER de refrigeración y los rendimientos de ACS y piscina no son intercambiables: cambian la zona climática, la temperatura de producción y la configuración instalada. Si hay una secuencia de varias bombas de calor de características distintas, el SCOP o el SEER que entra en la fórmula es el ponderado.
El Anexo II explica cómo calcular el rendimiento estacional en calefacción de los equipos existentes; el III da las equivalencias de climas; el IV, las fórmulas para obtener SCOP, SCOPdhw y SEER, y el V, la documentación técnica. Para ACS, el VI calcula la demanda y el VII recoge las condiciones; para piscina, los anexos VIII y IX.
La ficha presenta el cálculo de ACS «según el generador existente esté basado en combustible fósil o sea una bomba de calor», pero la única expresión que imprime está rotulada para cuando el generador a sustituir es una bomba de calor. Antes de calcular el ACS de otro generador, ese punto se revisa con el verificador.
Qué datos hay que justificar
| Dato | Qué es | De dónde sale |
|---|---|---|
| Potencia nominal de calefacción y de refrigeración de cada equipo, en kW | De dónde sale: Equipos sustituidos; en refrigeración, la demandada o la nominal del equipo sustituido | |
| Rendimiento estacional en calefacción del equipo sustituido y de la bomba nueva | De dónde sale: Anexo II para el existente; anexos III y IV para la nueva | |
| Eficiencia estacional en refrigeración del equipo sustituido y de la bomba nueva, en W/W | De dónde sale: Nota 7 para equipos anteriores al ecodiseño; anexos III y IV para la nueva | |
| Horas de funcionamiento al año a potencia nominal, en calefacción y en refrigeración | De dónde sale: Valores de referencia de la ficha, sustituibles con pruebas (nota 5) | |
| Demanda anual de ACS y de calentamiento de piscina, en kWh/año | De dónde sale: Anexo VI para el ACS; datos históricos o el método del IDAE para la piscina (nota 13) | |
| Factor de ponderación entre la demanda estimada y el consumo real | De dónde sale: Justificación técnica del ajuste | |
| Suma del ahorro de calefacción, refrigeración, ACS y piscina, en kWh/año | De dónde sale: Apartado 4.5 de la ficha |
Los valores de referencia que trae la ficha
| Dato | Valor de la ficha | Cuándo cambia |
|---|---|---|
| Funcionamiento en calefacción a potencia nominal (hC) | 1.152 h/año | Con pruebas que ofrezcan evidencias al verificador (nota 5) |
| Funcionamiento en refrigeración a potencia nominal (hR) | 768 h/año | Con pruebas que ofrezcan evidencias al verificador (nota 5) |
| SEER del equipo sustituido anterior a los reglamentos de ecodiseño | 3 | Lo fija la nota 7 para esos equipos |
Qué cambia el ahorro y qué hay que justificar
Qué cambia el ahorro
La mejora del rendimiento estacional de cada servicio afectado, multiplicada por la potencia nominal y las horas en calefacción y refrigeración, o por la demanda anual en ACS y piscina.
La prueba que necesitas
El certificado de la empresa instaladora con las variables del cálculo —suscrito también por la empresa frigorista y el director de la instalación si hay refrigerante—, las fotos con los equipos identificados y los rendimientos justificados con los anexos.
Ejemplos con números, y lo que valen
En resumen
Dos casos supuestos de la TER040, con datos inventados para ver la fórmula funcionando: elige uno, mira de dónde sale cada número y mueve el precio dentro del rango que publica el Ministerio. No son expedientes reales ni una previsión para tu obra.
La raya marca el mínimo de 30.000 kWh por solicitud: a su izquierda, la obra sola no llega y se agrupa.
Oficinas con equipos de clima antiguos
Un edificio de oficinas con equipos de climatización de hace veinte años, anteriores al ecodiseño. Se sustituyen todos por bombas de calor nuevas.
| Dato | Qué es en este ejemplo | Valor |
|---|---|---|
| Potencia de calefacción | 120 kW | |
| Rendimiento en calefacción, del equipo retirado y del nuevo | 2,2 → 4,1 | |
| Potencia de refrigeración | 140 kW | |
| Eficiencia en refrigeración, del equipo retirado y del nuevo | 3,0 → 5,8 | |
| Horas de referencia de la ficha, en calefacción y en refrigeración | 1.152 / 768 h/año |
- AdministraciónCAE inscritos en el Registro Nacional46.421 CAE
- Quien ahorraLo que cobraría a 127,5 €/MWh5.910 €
En todo el rango del Ministerio, estos 46.421 CAE valdrían entre 5.330 € y 6.500 €.
Llega sola al mínimo de 30.000 kWh por solicitud: se puede presentar sin agrupar.
Ver la cuenta paso a paso
- Calefacción: 120 × (1/2,2 − 1/4,1) × 1.152= 29.119 kWh/año
- Refrigeración: 140 × (1/3,0 − 1/5,8) × 768= 17.302 kWh/año
- Suma de las dos ramas= 46.421 kWh/año
- 46.421 CAE × 127,5 €/MWh ÷ 1.000, a la decena hacia abajo= 5.910 €
Lo que enseña. Para el equipo retirado, anterior al ecodiseño, la ficha fija un SEER de 3: no hace falta buscar su ficha técnica.
Con tus datos, te lo calculamosEjemplo supuesto: datos inventados para explicar la fórmula de la TER040. Los kWh los calcula el motor de Elumen con los valores de las tablas de la ficha; los euros, al precio que elijas dentro del rango que publica el Ministerio (MITECO · Seguimiento del Sistema de CAE). No es un expediente real, ni un cliente de Elumen, ni una previsión para tu obra: el precio de una operación lo fija la energética que compra los CAE.
Qué documentos pide
En resumen
La TER040 pide cinco documentos numerados en su apartado 5 y, cuando sea preceptiva, la comunicación de puesta en servicio. No incluye un certificado energético registrado, a diferencia de la RES060: las variables se justifican con el certificado de la empresa instaladora y los anexos técnicos.
1. Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la emisión de CAE.
2. Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma actuación de ahorro de energía según el modelo del Anexo I de esta ficha.
3. Facturas justificativas de la inversión realizada que incluyan una descripción detallada de los elementos principales (por ejemplo, aquellos de cuya ficha técnica se toman datos para calcular el ahorro).
Nota de la ficha: Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.
4. Informe fotográfico del equipo de climatización antes y después de la actuación con identificación de los equipos afectados.
5. Certificado de la instalación de la empresa instaladora donde se detallen los valores de las variables de la fórmula de cálculo de ahorro de energía del apartado 3. En el caso de utilizar un fluido refrigerante, este certificado deberá estar suscrito por la empresa frigorista y el director de la instalación, de acuerdo con la IF-10 del RD 552/2019.
Nota de la ficha: Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
- +
Párrafo sin número: Cuando sea preceptivo deberá aportarse la copia de la comunicación de la puesta en servicio presentada en el registro habilitado por el órgano competente de la comunidad autónoma.
En la ficha va tras la lista, sin número propio.
Quién prepara cada prueba
| Quién | Qué aporta |
|---|---|
| Titular del edificio | Uso del edificio, ocupación y consumos de ACS, datos de la piscina, facturas y ayudas. |
| Empresa instaladora | Certificado con las variables del cálculo y documentación técnica de los equipos antiguos y nuevos. |
| Empresa frigorista y director de la instalación | Firma del certificado cuando se utiliza fluido refrigerante, según la IF-10 del Real Decreto 552/2019. |
| Solicitante de emisión | Ficha firmada y presentación del expediente, con dictamen favorable del verificador. |
Qué es cada papel, quién lo prepara y en qué orden se reúnen está en la guía de la documentación del CAE.
Documentos y modelos oficiales
La TER040 publica ocho anexos aparte, del II al IX: rendimiento de los equipos existentes, equivalencias climáticas, fórmulas de conversión, documentación técnica, demanda y condiciones de ACS y condiciones de piscina. La declaración de ayudas es el modelo común del catálogo.
- Modelo de declaración de ayudas públicas (Anexo I, publicado como modelo común).
- Anexo II: Cálculo del rendimiento estacional de equipos existentes en calefacción (PDF).
- Anexo III: Equivalencias climas CTE y zonas climáticas europeas (PDF).
- Anexo IV: Fórmulas para obtener los coeficientes de rendimiento estacional sobre energía final en calefacción (SCOP), en ACS (SCOPdhw) ó el factor de eficiencia energética estacional en refrigeración (SEER)para bombas de calor en accionamiento eléctrico (PDF).
- Anexo V: Documentación técnica (PDF).
- Anexo VI: Cálculo de la demanda de ACS (PDF).
- Anexo VII: Condiciones consideradas en ACS (PDF).
- Anexo VIII: Condiciones generales para cálculo del coeficiente de eficiencia estacional en lo relativo al calentamiento de agua de piscina (CAP) (PDF).
- Anexo IX: Condiciones de temperatura exterior (media anual) para el calentamiento de agua de piscinas (CAP) mediante bombas de calor aerotérmicas (PDF).
De tu obra al cobro
En resumen
Elumen revisa tu obra y prepara el cálculo y la documentación. Un verificador acreditado comprueba el ahorro. La energética, como sujeto obligado, presenta la solicitud de emisión ante la Administración. La compensación por ceder el ahorro se acuerda en el contrato, incluido su momento de pago.
- Tu obra· TúEquipos térmicos sustituidos por bomba de calorHecha
- Cálculo del ahorro· ElumenCon la fórmula oficial de la fichacifra que aparece en el documento real
- DictamenEntidad acreditada por ENACFavorable
- Inscripción· AdministraciónRegistro Nacional de certificadosInscrito
- Pago por la cesión· EnergéticaLo paga quien compra tu ahorrocifra que aparece en el documento real
Qué enviarnos para empezar
Para revisar el encaje, cuéntanos estos datos y qué documentos tienes. No necesitas calcular los CAE por tu cuenta.
- Uso y ubicación del edificio y servicios que prestan los equipos.
- Equipos antiguos y nuevos: modelos, potencias, fichas técnicas y fotografías.
- Rendimientos estacionales, temperaturas de funcionamiento, ocupación y consumos de ACS; datos de la piscina, si la hay.
- Proyecto o memoria, certificados del instalador, presupuesto o facturas, fechas y ayudas.
Cuánto tarda cada paso, y cuál es el que alarga el expediente, está en los plazos del CAE.
Preguntas frecuentes
¿La TER040 sirve para cambiar una bomba de calor por otra?
¿Incluye el ahorro de refrigeración?
¿Se puede usar el mismo SCOP para calefacción, ACS y piscina?
¿La TER040 exige un certificado energético registrado?
¿Basta con el horario de apertura del hotel o del comercio?
¿Qué diferencia hay entre la TER040 y la TER100?
¿Qué versión de la TER040 está vigente?
Texto de la ficha leído de su PDF (V1.1) el 2 de octubre de 2026; documentos del catálogo comprobados contra el MITECO el 30 de septiembre de 2026. La versión que manda es la publicada allí. Catálogo aprobado por la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.
Quién firma esta ficha
El equipo de Elumen
Consultores energéticos independientes
El equipo de Elumen explica la TER040 a partir de su ficha V1.1 y sus anexos II a IX. Revisamos los servicios afectados, los rendimientos y la documentación técnica antes de proponer la tramitación.
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